El reciente Decreto Ejecutivo 551, reglamentario de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en Ecuador, permite ayudar a ecuatorianos con deudas educativas. Esta normativa permite a personas con discapacidad o enfermedades catastróficas, huérfanas o raras condonar el 100 % de su crédito educativo otorgado por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), incluidos capital, intereses, multas y recargos. El plazo finaliza el 5 de mayo de 2025.
¿Qué contempla la Ley de Alivio Financiero?
- Condonación del 100 % de la deuda educativa (capital + accesorios).
- Cobertura para créditos activos, vencidos, en convenio de pago o en proceso coactivo.
- Gestión centralizada a través de la SENESCYT y sus coordinaciones zonales.
Beneficiarios directos
Personas con discapacidad
Reconocidas por el Ministerio de Salud Pública. Si el porcentaje supera 76 % se otorga condonación total.
Personas con enfermedades catastróficas, huérfanas o raras
Deben presentar certificado oficial emitido por el MSP.
Requisitos de elegibilidad
- Ser titular del crédito educativo otorgado o administrado por la SENESCYT.
- Presentar copia legible de la cédula de identidad.
- Contar con certificado médico MSP (diagnóstico, código CIE-10 o porcentaje de discapacidad).
- Completar el formulario de solicitud provisto por la institución.
Estados del crédito que califican
Puedes aplicar si tu crédito está en cualquiera de estas situaciones: Activo, Vencido, Convenio de pago y Proceso coactivo
La normativa es contundente al señalar que a estos ciudadanos “se les condonará la totalidad de la deuda, capital, intereses de mora, multas y recargos derivados de las obligaciones de crédito educativo en estado activo, vencido, en convenio de pago o que se encuentre en proceso coactivo”.
Documentación obligatoria
- Copia de cédula.
- Certificado médico MSP.
- Formulario de solicitud SENESCYT.
- Carta de aceptación de términos.
Paso a paso para solicitar la condonación
- Descarga el formulario oficial. Accede al portal de la SENESCYT o solicita el formulario en la coordinación zonal más cercana.
- Completa la información y adjunta documentos
- Envía la solicitud de forma presencial o por correo
- Espera la notificación de la SENESCYT
- Recibe la resolución y descarga tu certificado de no adeudar
Fechas clave
- 5 de mayo 2025: cierre de recepción de solicitudes.
- Hasta 30 días hábiles: revisión y resolución por parte de la SENESCYT.
- 24 h posteriores: emisión del certificado de no adeudar.
El proceso para acogerse a estos beneficios requiere que los interesados presenten una solicitud por escrito junto con el anexo actualizado de datos de los intervinientes. Este trámite se realiza a través de la plataforma del Sistema Inteligente de Atención al Usuario (SIAU) de la Senescyt, unificando la gestión de créditos educativos, becas y ayudas económicas.