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Requisitos para acceder a la condonación del 100% de deudas de crédito educativo por la ley de alivio financiero

Esta es la fecha límite

El reciente Decreto Ejecutivo 551, reglamentario de la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en Ecuador, permite ayudar a ecuatorianos con deudas educativas. Esta normativa permite a personas con discapacidad o enfermedades catastróficas, huérfanas o raras condonar el 100 % de su crédito educativo otorgado por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), incluidos capital, intereses, multas y recargos. El plazo finaliza el 5 de mayo de 2025.

¿Qué contempla la Ley de Alivio Financiero?

  • Condonación del 100 % de la deuda  educativa (capital + accesorios).
  • Cobertura para créditos activos, vencidos, en convenio de pago o en proceso coactivo.
  • Gestión centralizada a través de la SENESCYT y sus coordinaciones zonales.

Beneficiarios directos

Personas con discapacidad

Reconocidas por el Ministerio de Salud Pública. Si el porcentaje supera 76 % se otorga condonación total.

Personas con enfermedades catastróficas, huérfanas o raras

Deben presentar certificado oficial emitido por el MSP.

Requisitos de elegibilidad

  1. Ser titular del crédito educativo otorgado o administrado por la SENESCYT.
  2. Presentar copia legible de la cédula de identidad.
  3. Contar con certificado médico MSP (diagnóstico, código CIE-10 o porcentaje de discapacidad).
  4. Completar el formulario de solicitud provisto por la institución.

Estados del crédito que califican

Puedes aplicar si tu crédito está en cualquiera de estas situaciones: Activo, Vencido, Convenio de pago y Proceso coactivo

La normativa es contundente al señalar que a estos ciudadanos “se les condonará la totalidad de la deuda, capital, intereses de mora, multas y recargos derivados de las obligaciones de crédito educativo en estado activo, vencido, en convenio de pago o que se encuentre en proceso coactivo”.

Documentación obligatoria

  • Copia de cédula.
  • Certificado médico MSP.
  • Formulario de solicitud SENESCYT.
  • Carta de aceptación de términos.

Paso a paso para solicitar la condonación

  • Descarga el formulario oficial. Accede al portal de la SENESCYT o solicita el formulario en la coordinación zonal más cercana.
  • Completa la información y adjunta documentos
  • Envía la solicitud de forma presencial o por correo
  • Espera la notificación de la SENESCYT
  • Recibe la resolución y descarga tu certificado de no adeudar

Fechas clave

  • 5 de mayo 2025: cierre de recepción de solicitudes.
  • Hasta 30 días hábiles: revisión y resolución por parte de la SENESCYT.
  • 24 h posteriores: emisión del certificado de no adeudar.

El proceso para acogerse a estos beneficios requiere que los interesados presenten una solicitud por escrito junto con el anexo actualizado de datos de los intervinientes. Este trámite se realiza a través de la plataforma del Sistema Inteligente de Atención al Usuario (SIAU) de la Senescyt, unificando la gestión de créditos educativos, becas y ayudas económicas.

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