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Sentencia condenatoria para padre que violó a su hija con discapacidad

La sentencia por la violación del padre a su hija con discapacidad es de 29 años de pena privativa de libertad, además de otra sanción.

La Fiscalía Provincial del Guayas obtuvo sentencia de 29 años de pena privativa de libertad en contra del ciudadano Édgar Heberthat A.P. Esto dedido a una violación que cometió con su hija con discapacidad. El hecho ocurrió en el sur de Guayaquil.

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El fiscal Walter Jaramillo Lino, en audiencia de juzgamiento realizada la tarde del viernes 7 de diciembre en la Unidad Judicial Albán Borja, presentó los testimonios de 10 personas, entre ellos, el de la víctima de 16 años, la de su madre y familiares, demás la de los agentes investigadores y personal médico como psicólogos y psiquiatras que intervinieron en el caso.

La Fiscalía sustentó su acusación en las pruebas documentales exhibidas como el parte médico legal, la pericia psicológica, la historia clínica del Instituto de Neurociencias que indicaba que la víctima sufría de discapacidad intelectual en un 30% y el informe de investigaciones realizado por la Policía Judicial.

Sentencia condenatoria

El Tribunal Penal del Guayas integrado por los jueces Narcisa Rosado, Diana Cueva y Marcela Estrada, acogió el pedido fiscal y dictó sentencia condenatoria de 29 años de pena privativa de libertad en contra de Édgar Heberthat A.P. Además dispuso el pago de una multa de 1.500 salarios básicos unificados (USD 579.000,00) y como reparación integral a la víctima, el valor de USD 245.000,00.

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El delito fue descubierto por familiares de la víctima en el 2016 cuando la menor le contó a su madre que era violentada sexualmente por su progenitor desde hace 5 años, cuando contaba con 11 años de edad. El hecho se producía al interior de su domicilio.

Sobre el delito

El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del CódigoOrgánico Integral Penal, COIP, y es sancionado con pena privativa de libertad de 19 a 22 años. En caso de que haya agravantes como la utilización de violencia, amenaza o intimidación, y en el caso de que el agresor es ascendiente o descendiente de la víctima,se impondrá la pena máxima prevista aumentada en un tercio.

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