En Ecuador, la formalización del empleo no es solo una buena práctica empresarial, sino una obligación legal respaldada por multas significativas para los empleadores que optan por no registrar a sus trabajadores.
La falta de registro en el Sistema Único de Trabajadores (SUT) del Ministerio del Trabajo puede acarrear sanciones económicas que superan los USD 9.400, un llamado de atención claro a la informalidad laboral.
La normativa vigente, especialmente el Acuerdo Ministerial MDT-2023-140, establece que los empleadores tienen un plazo de hasta un mes posterior a la contratación para registrar a cada nuevo empleado en la plataforma digital del Ministerio del Trabajo. Este registro es fundamental para garantizar los derechos de los trabajadores y la transparencia en las relaciones laborales.
“Las multas son un mecanismo coercitivo necesario para combatir la alta tasa de informalidad que aún persiste en el mercado laboral ecuatoriano”, señala Ana María Torres, abogada laboralista y consultora empresarial.
“Más allá de la sanción económica, lo que se busca es garantizar la seguridad social, los beneficios de ley y la protección de los derechos de los trabajadores. Un empleado no registrado es un empleado sin acceso a salud, jubilación o cesantía, lo que genera un problema social a largo plazo”.
¿Cuáles son las sanciones económicas?
El artículo 36 del mencionado acuerdo ministerial detalla las multas específicas que los empleadores pueden enfrentar por incumplimiento:
- No registro de contrato de trabajo: USD 50 por cada contrato no registrado.
- Registro tardío de contrato de trabajo: USD 25 por cada contrato registrado fuera de plazo.
- No registro de acta de finiquito: USD 20 por cada acta de finiquito no registrada.
- Registro tardío de actas de finiquito: USD 50 por cada acta de finiquito registrada fuera de plazo.
- Incumplimiento en el registro de remuneraciones adicionales y utilidades:
- No registro de formulario de décima tercera o décima cuarta remuneración: USD 200 por cada una.
- No registro de formulario de pago de utilidades: USD 200.
- Registro tardío de los formularios de décima tercera, décima cuarta o pago de utilidades: USD 100 por cada uno.
- No registro de reglamento interno de trabajo: USD 200.
Roberto Castro, economista y analista de políticas públicas, enfatiza el impacto de la informalidad en la economía.
“La informalidad no solo priva al Estado de ingresos fiscales significativos, sino que también crea una competencia desleal para aquellas empresas que sí cumplen con sus obligaciones. Las multas, aunque a veces puedan parecer elevadas para pequeños negocios, son un incentivo para nivelar el campo de juego y fomentar un entorno empresarial más justo y regulado”.
Castro añade que “el riesgo reputacional también es un factor considerable. En la era de la información, un empleador que no cumple con la ley puede enfrentar un escrutinio público que afecte su imagen y la confianza de sus clientes y proveedores, lo cual podría tener un costo mayor que la propia multa”.
Más allá de estos montos individuales, existen multas que escalan considerablemente, reflejando la gravedad de ciertos incumplimientos:
- No cumplir con el porcentaje de inclusión de personas con discapacidad: Una de las sanciones más elevadas, ascendiendo a diez salarios básicos unificados, lo que actualmente equivale a USD 4.700. Esta multa subraya el compromiso legal con la inclusión y la no discriminación en el ámbito laboral.
- Incurrir en el numeral 3 del artículo 95 del Código de la Niñez y Adolescencia: Esta infracción, que se refiere a la explotación laboral infantil, conlleva una multa de USD 1.000. Una vez sancionado, este valor se destina según lo estipulado por la ley para la protección de los derechos de la niñez y adolescencia
La implementación y el refuerzo de estas multas por parte del Ministerio del Trabajo son una señal clara de la determinación del Estado ecuatoriano por erradicar la informalidad laboral.
Para los empleadores, el mensaje es inequívoco: el registro oportuno de los trabajadores en el SUT no es solo una obligación legal, sino una inversión en la estabilidad de su negocio, la protección de sus empleados y el fomento de un mercado laboral más equitativo y transparente.