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¿Qué debo hacer si una enfermedad me impide sufragar en la consulta popular de este 21 de abril?

El voto es obligatorio para las personas de entre 18 y 64 años.

En Ecuador el voto es obligatorio, según el Código de la Democracia, sin embargo, hay excepciones donde la persona puede justificar su ausencia como el caso de una enfermedad. Si un ecuatoriano por motivo de enfermedad no puede sufragar, puede presentar el certificado médico en las delegaciones provinciales y evitar la multa del 10% del salario básico (USD 46), que recibirán quienes no asistan a las urnas sin justificación este domingo 21 de abril, por la consulta popular.

Es importante destacar, que toda las personas de entre 18 y 64 años están obligadas a sufragar; sin embargo, existen cinco razones que permiten justificar la inasistencia a votar:

  1. Problemas de salud certificados por un médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado.
  2. Impedimentos o incapacidad física certificados por médico
  3. Calamidades domésticas graves ocurridas hasta ocho días antes de las elecciones.
  4. Ausencia del país en el día de las elecciones.
  5. Personas con voto facultativo según la Constitución.

Las delegaciones provinciales del país están facultadas para exigir los documentos que justifiquen la ausencia en las urnas, con ello, el ciudadano puede exonerarse del pago de la multa y recibir un certificado.

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