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¿Cuánto me deben pagar si trabajo el feriado de Semana Santa?

Aquí te dejamos un ejemplo, tomando como referencia el salario básico unificado.

Ecuador vive otro feriado con toque de queda por el estado de excepción y previo al alza del IVA al 15%. Se trata de Semana Santa este viernes 29 de marzo y es el tercer asueto de carácter nacional, obligatorio y no recuperable.

Si te toca trabajar un feriado, recuerda que tienes que recibir una remuneración extra y así se lo establece en el Código del Trabajo. Para que sepas cuánto te deben pagar, aquí te dejamos cómo tienes que hacer el cálculo.

En dicho cuerpo legal se indica que el empleador deberá remunerar con el 100% de recargo al trabajador que labore los días de feriado. Es decir, al empleado le cancelarán el doble por cada hora laborada.

¿Cómo calcular la hora trabajada en feriado?

Si ganas salario básico mensual (USD 460) por una jornada diurna de 8 horas, con 5 días de trabajo a la semana puedes aplicar la siguiente fórmula.

Tu sueldo dividido para 30 días del mes que te da el valor que ganas por día. Esa cifra la divides para ocho y te da el resultado de lo que ganarás por hora. Una vez claro el precio que tiene la hora de trabajo, según tu sueldo lo debes multiplicar por 2 que es el recargo y luego lo multiplicar por las horas que vayas a trabajar, sean una, dos, cuatro, cinco, ocho, etc.

Aquí te dejamos un ejemplo, tomando como referencia el salario básico unificado.

  • USD 460 ÷ 30 días = USD 15.33 (Lo que te pagan por día).
  • USD 15,33 ÷ 8 días = USD 1,91 (pago por hora).
  • USD 1,91 x 2 (recargo) = USD 3,83 (es el 100% del recargo por hora).
  • USD 3,83 x 8 (horas) = USD 30.666 (lo que le deben pagar por el día trabajado en el feriado).
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