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Si eres afiliado al IESS, así puedes extender cobertura a tu cónyuge e hijos

Puedes extender la cobertura si estás afiliado en relación de dependencia o voluntario.

Los afiliados al IESS, Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, pueden extender la protección ante contingencias para sus cónyuges o convivientes e hijos menores de 18 años.

Los pensionistas de invalidez y vejez del Seguro General y los de incapacidad permanente total de Riesgos del Trabajo, podrán hacerlo con el pago del 4.15% de su pensión o renta mensual.

El cónyuge o conviviente, así como sus hijos menores de 18 años, tendrán derecho al servicio de atención médica integral:

  • Fomento y promoción de la salud
  • Prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades
  • Recuperación y rehabilitación de la salud individual
  • Atención prenatal, parto y postparto cuando registre 12 aportaciones consecutivas antes del parto
  • Medicinas

¿Cómo extender la cobertura del IESS a dependientes?

Para el registro de dependientes el asegurado tiene habilitado una nueva opción dentro del sistema de afiliados, la cual puede acceder por: www.iess.gob.ec => Asegurados => Afiliados => Ingresar con el número de cédula y clave personal => Información => Registro de dependientes (s).

Para realizar la solicitud

El afiliado, pensionista o jubilado que desea la cobertura de salud para su dependiente (cónyuge o conviviente, hijos menores de 18 años de pensionistas) ingresará a la página web del IESS con el usuario y clave del afiliado:

www.iess.gob.ec => Asegurados => Afiliados => Ingresar con el número de cédula y clave personal =>Solicitud Extensión de cobertura

Encontrará en la izquierda el menú Extensión de Cobertura de Salud / Solicitud de Extensión de Salud para Cónyuges/Hijos.

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