Desde el asesinato de María Belén Bernal han salido a la luz abusos perpetrados al interior de la Escuela Superior de Policía por parte de uniformados con rangos superiores. Recientemente, una cadete denunció que sufrió abuso sexual mientras estaba de guardia. Ahora, otra joven rompió el silencio sobre la tortura a la que fue sometida al punto que llegó a desmayarse.
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[ Cadete denunció que fue violada en la Escuela Superior de la PolicíaOpens in new window ]
La cadete M.A. (nombre protegido) ofreció una entrevista a TC Televisión para relatar que los hechos ocurrieron la noche del sábado 3 de abril de 2021. Su brigadier la obligó a permanecer varias horas bajo la lluvia, hasta el punto en que perdió el conocimiento de lo que sucedió después. Al sol de hoy, no recuerda nada.
<b>“Me cambiaron de ropa, me desnudaron y me vistieron con prendas que no eran mías. Al día siguiente -estando medianamente bien- pregunté a varias personas de quién era la chompa y el pantalón que tenía”.</b>
— Cadete en entrevista a TC.
Consideró que fue una tortura
Al ser consultada si cataloga ello que vivió como una tortura, respondió de forma afirmativa. Pues dicha situación le afectó su sistema nervioso y le ocasionó daños de movilidad en el brazo derecho. Los doctores le indicaron que registra un coágulo en la cabeza debido a una contusión. Además su salud mental resultó lastimada, ya que atravesó un episodio de ansiedad.
No conforme con ese castigo, la cadete recibió una sanción disciplinaria y fue separada de la institución. Pero ahora -por orden judicial- deberá ser reincorporada a la Escuela Superior de Policía.
Las autoridades no se han pronunciado hasta el momento.
La tortura se sanciona con cárcel
En el sitio oficial de la Defensoría del Pueblo se explica que la tortura es considerada como una grave afectación a derechos humanos. La misma menoscaba a la dignidad humana, estrechamente ligada al derecho a la vida y a la integridad de las personas. Realmente, es un delito con efectos nocivos.
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) reza en cambio que la tortura es infligir en otra persona con dolor o sufrimiento, ya sea de naturaleza física o psíquica y someter a condiciones o métodos que anulen su personalidad o disminuyan su capacidad física o mental. Aún cuando no causen dolor o sufrimiento físico o psíquico; con cualquier finalidad en ambos supuestos.
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Quien aplique la tortura será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años
El inciso 2 del artículo 151 expresa que si la tortura la comete una persona que es funcionaria o servidora pública u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, por instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años.