Debido a la subida del dólar en Colombia que superó récord de los 4.600 pesos, los ecuatorianos han visto la oportunidad para cruzar la frontera de Carchi a Ipiales (Colombia) para hacer sus compras.
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Desde el pasado jueves, el precio del dólar marcó una tendencia a la baja, pero sigue siendo una cotización ventajosa para los ecuatorianos que viajan por vía terrestre para comprar objetos sin pagar impuestos.
El Senae en su sitio web, indica la lista de artículos personales que pueden acompañar al viajero o al grupo familiar. “Siempre que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales , los siguientes artículos, sean estos nuevos o usados”, dice la entidad.
En la lista se menciona que solo se puede traer tres cajetillas de cigarrillos por persona; un equipo electrónico portátil usado y en el caso de bienes y equipos de uso profesional que sean portátiles, deben ser justificadas.
Esta es la lista:
- Prendas de vestir de uso del viajero.
- Artículos de tocador; elementos de aseo personal.
- Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar, en cantidades no comerciales.
- Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos.
- Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío en cantidades no comerciales.
- Alimentos y artículos para niños que acompañen al viajero.
- Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero: únicamente los que sean portátiles, situación que deberá ser justificada mediante un carné laboral, contrato de trabajo u otro documento público o privado.
- Vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares.
- Medicamentos de uso personal. Para el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica.
- Ayudas técnicas para los viajeros discapacitados, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos, ortopédicos y similares, equipos necesarios para control médico, movilización y desenvolvimiento independiente del viajero, siempre que todos estos implementos estén acordes a su discapacidad y en cantidades exclusivas para su uso personal. Un medidor de presión arterial, de temperatura y/o de glucosa.
- Equipo de acampar; maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.
- Unidades de almacenamiento de video, música o datos.
- 2 animales domésticos vivos como mascota, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes; si son embarcados los animales en el mismo viaje incluso como carga, su proceso de despacho será por sala internacional fronteriza.
- 2 instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios, que puedan ser transportados normalmente por una persona.
- Artículos deportivos y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.
- Juguetes y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.
- Máximo 3 cajetillas de cigarrillos.
- Utensilios de cocina, no eléctricos que puedan ser transportados por una persona y 3 aparatos de cocina que sean eléctricos y portátiles; e instrumentos portátiles utilizados para jardinería.
- Una unidad usada de los artículos portátiles: Cámara fotográfica y/o filmadora; teléfono celular o satelital; agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); equipo de posicionamiento global portátil (GPS); computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares); Calculadora electrónica.
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