De acuerdo al artículo 130 de la Constitución del Ecuador, la Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en dos casos. El primero, por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional y el segundo, por grave crisis política y conmoción interna.
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En base a este segundo punto, los asambleístas de UNES pusieron a disposición sus cargos y firmaron para “adelantar elecciones”, buscando activar el mecanismo constitucional de destitución del Presidente de la República.
El siguiente paso era alcanzar al menos 46 firmas para dar paso al proceso, la bancada reunió 47 por lo que se puso a consideración del presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, para convocar al pleno a una sesión ordinaria o extraordinaria, con al menos 24 horas de anticipación.
El presidente de la Asamblea Nacional ya convocó para este sábado a las 18:00 una sesión para debatir como único punto del día un pedido de destitución de Guillermo Lasso.
¿Cuáles son los siguientes pasos?
Para aplicar el artículo 130 debe seguirse el procedimiento del artículo 51 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
- La Secretaría General de la Asamblea Nacional, notificará al Presidente de la República en la fecha y hora señaladas en el orden del día para que ejerza su derecho a la defensa con base en las pruebas de descargo, alegando ante el Pleno de la Asamblea Nacional sobre la grave crisis económica y la conmoción interna.
- Luego de la intervención del primer mandatario se retirará del Pleno y el Presidente de la Asamblea Nacional declarará abierto el debate, en el cual podrán intervenir todas los asambleístas y exponer sus puntos por un tiempo máximo de diez minutos cada uno, sin derecho a réplica.
- Una vez concluido el debate, la Asamblea tiene 72 horas para votar la continuidad del mandatario, para lo que requiere una mayoría de dos tercios, es decir 92 de los 137 asambleístas.
- En caso de que prospere el pedido, el vicepresidente asumiría la Presidencia. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo.
- Luego el Consejo Nacional Electoral (CNE), en un plazo de siete días tras publicada la resolución, convocaría para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales anticipadas.
¿Qué pasa si no se presenta Guillermo Lasso?
En caso de no comparecencia del Presidente de la República, se seguirá este proceso de destitución en rebeldía.
Con datos de EFE