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Taxista que impactó a niño en Quito estaba con 1.62 gramos de alcohol por litro de sangre, según la AMT

El niño evidentemente resultó herido, al igual que la mujer que estaba con él

Captura de pantalla

El video ya se viralizó en redes y ha causado indignación. Se trata del caso de un taxista que impactó a un niño de dos años en el Centro de Quito. Una mujer de 49 años, que estaba con él en ese momento, también resultó herida.

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Las autoridades de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) realizaron las labores correspondientes y tomaron procedimiento de lo sucedido en la calle Chile, entre Imbabura y Chimborazo, por el Mercado Ipiales. La institución ofreció a METRO ECUADOR algunos detalles del mismo.

Aunque en las imágenes se observa que el irresponsable conductor se dio a la fuga, agentes de tránsito que acudieron al lugar para efectuar las labores respectivas lograron dar con el chofer. Determinaron que los vehículos involucrados sean trasladados hacia el Centro de Retención Vehicular de La Y.

Igualmente, los agentes realizaron la prueba de alcoholemia al conductor del taxi quien arrojó 1.62 gramos de alcohol por litro de sangre. A este hombre lo llevaron hasta la Unidad Judicial competente para el procedimiento que la Ley amerita. Las sanciones y el trámite judicial corresponde a las unidades respectivas.

COIP

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece la sanción por la conducción de un vehículo en estado de embriaguez, de acuerdo con la siguiente escala:

  • Si el nivel de alcohol por litro de sangre es de 0,3 a 0,8 gramos, se aplicará multa de un salario básico unificado del trabajador en general, pérdida de cinco puntos en su licencia de conducir y cinco días de privación de libertad.
  • Si el nivel de alcohol por litro de sangre es mayor de 0,8 hasta 1,2 gramos, se aplicará multa de dos salarios básicos unificados del trabajador en general, pérdida de diez puntos en su licencia de conducir y quince días de privación de libertad.
  • Si el nivel de alcohol por litro de sangre supera 1,2 gramos, se aplicará multa de tres salarios básicos unificados del trabajador en general, la suspensión de la licencia por sesenta días y treinta días de privación de libertad.

Los conductores de vehículos de transporte público liviano o pesado, comercial o de carga, la tolerancia al consumo de cualquier sustancia estupefaciente, psicotrópica o preparado que las contengan es 0, y un nivel máximo de alcohol de 0,1 gramos por cada litro de sangre. En caso de exceder dicho límite, la sanción para el responsable será, pérdida de treinta puntos en su licencia de conducir y pena privativa de libertad de noventa días.

Además, en todos estos casos, como medida preventiva se aprehenderá el vehículo por 24 horas.

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