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Cómo obtener la residencia en Estados Unidos desde Ecuador

Resolvemos algunas de las preguntas más importantes al solicitar una Green Card o residencia permanente.

Sí se puede obtener la residencia permanente o Green Card desde la embajada de Estados Unidos en Ecuador. A este proceso se le llama “trámite consular” o “procesamiento consular”.

Comprendemos que para muchos ecuatorianos es complejo entender todos los pasos y requisitos que exige Estados Unidos para el trámite. Es por eso que en este artículo resolvemos algunas de las principales dudas que surgen cuando el objetivo es obtener la residencia permanente.

¿Qué es la Green Card?

Para trabajar y habitar de forma permanente en los Estados Unidos siendo inmigrante, es fundamental tener una Tarjeta de Residente Permanente, más conocida como Green Card (tarjeta verde), un documento que legaliza la residencia de una persona en el país norteamericano.

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Para obtenerla, primero se debe tener en cuenta que Estados Unidos concede las residencias a inmigrantes según la categoría a la que pertenezca y a los lazos que pueda comprobar (por lazos familiares, empleo, diversidad o como inmigrante especial). Dependiendo del tipo de lazo y de la categoría, se deberá cumplir con ciertos requisitos.

¿Quién puede obtener la residencia en Estados Unidos?

Como ya explicamos, antes de iniciar el proceso, es necesario tener clara la categoría a la que se ajusta la situación de la persona que hará la petición.

A continuación, presentamos algunas de las categorías y las condiciones para ser elegible, según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos:

Por lazos familiares

Pariente inmediato: si eres cónyuge, hijo(a) soltero(a) menor de 21 años o padre o madre de un ciudadano estadounidense que tiene, al menos, 21 años.

Preferencia familiar: si eres hijo o hija de un ciudadano estadounidense y estás casado(a) o soltero(a); hermano(a) de un ciudadano estadounidense –si el ciudadano estadounidense tiene más de 21 años–; o si eres hijo(a) soltero(a), cónyuge o hijo(a) soltero(a) del cónyuge de un residente permanente legal. Todos los solteros deben ser mayores de 21 años.

Prometido(a) de un ciudadano estadounidense o hijo del prometido(a): si eres admitido(a) en Estados Unidos como prometido(a) de un ciudadano estadounidense y tienes visa de no inmigrante K-1 o si eres admitido(a) como hijo o hija de un prometido(a) de un ciudadano estadounidense y tienes visa de no inmigrante K-2.

Viudo(a) de ciudadano estadounidense: si eres viudo o viuda de un ciudadano estadounidense y estaban casados en el momento en el que murió.

Violencia contra la mujer (VAWA, por sus siglas en inglés): si eres víctima de agresión o crueldad extrema cometida por tu padre, madre, hijo, hija, cónyuge o excónyuge que es ciudadano estadounidense; o por tu cónyuge o excónyuge que es residente permanente legal.

Conoce más sobre: Visa para trabajo temporal en Estados Unidos: tipos y tiempo de estadía.

Basados en el empleo

Trabajador inmigrante: para esta categoría hay, a su vez, tres subcategorías. Estas son de primera, segunda y tercera preferencia.

  • Primera preferencia: si tienes habilidad extraordinaria en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo; si eres profesor, profesora, investigador o investigadora destacado(a); o si eres gerente o ejecutivo(a) multinacional y cumples con ciertos criterios.
  • Segunda preferencia: si tienes una profesión que requiera un título avanzado; si tienes una habilidad excepcional en ciencias, artes o negocio; o si requieres una exención de interés nacional.
  • Tercera preferencia: si eres trabajador calificado con mínimo de 2 años de capacitación o experiencia laboral; profesional con licenciatura de Estados Unidos o un equivalente extranjero; o trabajador no calificado, es decir, que realizará un trabajo no calificado que requiere menos de 2 años de capacitación o experiencia.

Inversionista inmigrante: si ya invertiste o estás invirtiendo mínimo $1 millón de dólares en una empresa comercial nueva en Estados Unidos que dará empleo a tiempo completo a, por lo menos, 10 personas calificadas; o si ya invertiste o estás invirtiendo mínimo $500.000 dólares en un área específica.

Inmigrante especial

Trabajador religioso: si haces parte de una organización religiosa que va a Estados Unidos y vas a trabajar para otra organización religiosa sin fines de lucro.

Inmigrante Especial Juvenil: si es menor de edad y se requiere que un tribunal de menores lo proteja debido a que han abusado de él, lo han abandonado o ha sido desatendido por sus padres o algunos de ellos.

Locutor internacional: si eres locutor o locutora y vas a trabajar o eres beneficiario(a) de la Agencia de Medios Globales de Estados Unidos (USAGM).

Otras categorías

Diversidad: si fuiste seleccionado o seleccionada para una visa de diversidad en la “lotería de visas” para esta categoría, por parte del Departamento de Estado de Estados Unidos.

¿Cuánto cuesta la residencia o Green Card en 2022?

Los costos tanto de los trámites consulares como de la Green Card varían según la categoría y la tasa de cambio del dólar. Algunas de las tarifas (en dólares estadounidenses) son:

  • $535.00 la petición de inmigrante para un familiar
  • $325.00 la solicitud de familiares inmediatos y preferencia familiar
  • $345.00 la solicitud basada en empleo
  • $205.00 algunas otras solicitudes como los inmigrantes especiales
  • $330.00 la cuota para la lotería de visas de diversidad

¿Qué necesito para aplicar a la residencia en Estados Unidos si soy ecuatoriano?

El proceso que se debe cumplir para obtener la Green Card es específico y es de acuerdo a la categoría. Sin embargo, aquí enumeraremos los pasos generales (para más información, consulta la página de la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de Estados Unidos):

  1. Verifica si cumples con los requisitos de la categoría a la que crees se ajusta tu situación.
  2. Presenta una petición inmigrante (la puede presentar también un familiar o empleador y en ocasiones las dos peticiones son necesarias).
  3. Recibe la decisión de la petición. Si fue negada te dirán por qué motivo y si puedes apelar. Si fue aprobada, la petición pasa al Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglés) hasta que se apruebe un número de visa de inmigrante.
  4. El NVC te dirá cuando te hayan otorgado el número de visa de inmigrante.
  5. Cuando haya una visa disponible, la oficina consular te programará una entrevista y decidirá si eres o no elegible.
  6. Si la respuesta fue sí, te darán un “paquete de visa” que no puedes abrir. Ese paquete lo debes entregar en Estados Unidos a un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) quien decidirá si te admite o no como residente permanente legal.
  7. Una vez seas admitido y estés en Estados Unidos, te llegará tu Green Card por correo, a la dirección que suministraste en el trámite.
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