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La violencia psicológica se paga con cárcel: Fue sentenciado por causarle ansiedad, daño psíquico y escupir a su esposa en Chimborazo

La denuncia estaba archivada pero se presentó una nueva

Imagen referencial
Imagen referencial (Pexels)

En Ecuador, la violencia psicológica se sanciona con privación de libertad de seis meses a un año. Y ese fue el tiempo que recibió de sentencia Jaime Humberto T. R., señalado como responsable del delito ejercido durante los años de convivencia con su esposa. Además, deberá cancelar una multa por reparación integral.

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Detalles de la Fiscalía

En 2017, la mujer denunció la agresión psicológica por parte de su esposo ante la Fiscalía Multicompetente. Sin embargo, por pedido de la denunciante se archivó la causa.

El 5 de septiembre de 2020, la víctima presentó una nueva denuncia: el ya sentenciado la agredía verbalmente de forma sistemática. Sus hijas y su madre fueron testigos de todas las agresiones, incluso –en una ocasión– el victimario en medio de una discusión le escupió en la cara.

El fiscal del caso, George Sotomayor, presentó como pruebas ante el Tribunal: los testimonios anticipados –tanto de la víctima como de sus hijas y madre–, la pericia psicológica y de entorno social, sintomatología de ansiedad, daño psíquico y signos de vulnerabilidad, relacionado con los hechos denunciados, audios y videos del día de la agresión, entre otros.

Multa económica

Además de la pena privativa de libertad, Jaime Humberto T. R. deberá pagar una multa de dos salarios básicos unificados y una reparación integral de 1.000 dólares.

El delito de violencia psicológica está tipificado y sancionado en el inciso 1, del artículo 157 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

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