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Defensoría de Pueblo pide al Banco Pichincha que repare las consecuencias negativas tras fallos en su sistema

Banco Pichincha habilitó un micrositio.

Banco Pichincha

La Defensoría del Pueblo de Ecuador expresó su preocupación frente a la preocupación, inquietud y malestar ocasionados en los clientes del Banco Pichincha que utilizan los servicios de banca digital y continúan con problemas.

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Conozca para qué sirve el micrositio habilitado por el Banco Pichincha tras problemas registrados Opens in new window ]

De las noticias indicadas, se desprende que el problema informático habría iniciado el día viernes 8 de octubre, periodo desde el cual, los usuarios de este servicio bancario no han recibido ninguna noticia o explicación, hasta el lunes 11 de octubre, pasado el mediodía.

Frente a este escenario que podría estar vulnerando los derechos de las personas usuarias de los servicios financieros del Banco Pichincha a escala nacional, con el fin de que los mismos sean observados, respetados y a fin de evitar que se repitan las presuntas vulneraciones de derechos; la Defensoría del Pueblo realiza el siguiente EXHORTO:

1. Al Banco Pichincha para que asuma un compromiso político de responsabilidad, para respetar los derechos de las personas usuarias de dicha entidad, de forma que implemente e institucionalice de forma diligente, un proceso para identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas sobre el impacto del presente evento en los derechos de sus clientes, y de ser necesario, repare las consecuencias negativas que se han producido. Para ello, es necesario que establezca las vías directas de comunicación y análisis que permita resolver cada queja de manera efectiva y diligente.

Usuarios siguen reportando problemas en algunos servicios de Banco Pichincha Opens in new window ]

2. A la Superintendencia de Bancos para que, de conformidad a su atribución y competencia establecida en la Constitución de la República, el Código Monetario Financiero y demás normativa relacionada a la protección de los derechos de las personas usuarias, emprenda de manera inmediata las acciones de verificación y control y de ser el caso, la sanción correspondiente y la disposición de medidas de prevención para que estos hechos no vuelvan a perjudicar los derechos de las personas usuarias. Igualmente, la Superintendencia debe publicitar los canales de atención de reclamos y vigilar que los mismos gocen de celeridad y efectividad para la protección de los derechos de las personas usuarias del sistema financiero.

3. Se comunica y motiva a la población en general, que en el caso de que hubiese sido afectada y no reciba la atención debida por parte de la entidad financiera, presente sus reclamos al Defensor del Cliente que se encuentra en las instalaciones de la entidad financiera y/o en la Superintendencia de Bancos, la cual deberá actuar de acuerdo a sus competencias.

Desde la Institución Nacional de Derechos Humanos anuncian que estarán vigilantes de las acciones que implementen la entidad financiera y la Superintendencia de Bancos para la efectiva protección de los derechos de las personas usuarias del sistema financiera.

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