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Superintendencia de Compañías dispone la liquidación de Canal Uno

Mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNASD-2020-00006701, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros dispuso la liquidación de Canal Uno S.A.

Mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNASD-2020-00006701, con fecha de este 22 de octubre de 2020, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros dispuso la liquidación de Canal Uno S.A. «por encontrase disuelta de pleno derecho, en virtud de la causal prevista en el numeral 6 del artículo 361 de la Ley de Compañías».

Dicho instrumento legal señala que: «las compañías se disuelven por pérdidas del 50 % o más del capital social o, cuando se trate de compañías de responsabilidad limitada, anónimas, en comandita por acciones y de economía mixta, por pérdida del total de las reservas y de la mitad o más del capital».

El documento, firmado por el superintendente Víctor Anchundia, señala que el representante legal de Canal Uno S.A. deberá iniciar el proceso de liquidación correspondiente y que no podrá realizar nuevas operaciones relacionadas con el objeto de la compañía, «la que conservará su personalidad jurídica únicamente para los actos necesarios para la liquidación». 

El documento además sostiene que «Canal Uno S.A no ha cumplido con la presentación de sus estados financieros y la documentación societaria, financiera y contable complementaria, solicitada en el artículo 20 de la Ley de Compañías por los años 2018 y 2019».

También indica que la resolución se debe publicar en la página web de Canal Uno S.A. para fines legales y para llamar a los acreedores de la empresa, los mismos que en un plazo de 60 días, contados desde la publicación de la resolución, deberán presentar los documentos que justifiquen las propiedades que tienen a su favor.

Esta es la resolución

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