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349 detenidos por varias causas durante Consulta popular

Este 4 de febrero, mientras se llevaba a cabo la Consulta popular y Referéndum convocada por el presidente Lenín Moreno, se ejecutaron 173 órdenes de apremio por boletas de detención por alimentos y otras 176 detenciones por varias causas.

El Ministerio del Interior informó que desde las 12h00 del 2 de febrero que inicio la Ley Seca, tanto la Policía Nacional como el Ministerio del Interior, a través de los controles ejecutados por Intendentes y Comisarios a nivel nacional, han velado por garantizar el libre desarrollo de la jornada electoral, la misma que se desarrolla con total normalidad en todo el territorio ecuatoriano.

Las Intendencias y Comisarías, a partir del inicio de la Ley Seca hasta las 15h00 del 4 de febrero, han realizado el control de 1.629 locales comerciales, de los cuales 14 fueron clausurados por infringir la ley y 58 recibieron citaciones.

Adicionalmente, se decomisó 447 litros de licor, que presentaron irregularidades.

La Policía Nacional con el despliegue de alrededor de 48 mil uniformados brinda apoyo y seguridad en los recintos electorales y sus alrededores, verificando que se cumpla la normativa legal en su artículo 299.

Arrojando hasta las 14h00 de este domingo: dos citaciones por realizar propaganda durante el período de silencio electoral, 329 personas recibieron citaciones, por expendio o consumo de bebidas alcohólicas, 5 citaciones por presentarse en estado de embriaguez a sufragar.

Por otra parte, Nubia Villacís, presidente del CNE, informó que además se detuvo a una persona por sufragar con el nombre de otra y otros 2 ciudadanos fueron detenidos por  publicidad electoral durante el silencio impuesto por el organismo.

Los operativos de control se extenderán a lo largo del proceso electoral, garantizando el normal desarrollo de esta fiesta cívica.

  1. La medida se aplica en cumplimiento con el Código de la Democracia, que establece que 36 horas antes de los comicios y durante el día de las elecciones, se restringe el consumo o venta de licor. El artículo 299 del Código estipula que las personas que infrinjan la Ley Seca tendrán que pagar una multa equivalente al 50% del Salario Básico Unificado (SBU), es decir $ 193.
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