Tres medios de comunicación: Ecuavisa, Teleamazonas y Canal Uno recibieron una amonestación escrita por parte de la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) por difundir resultados del exit poll durante las elecciones presidenciales de segunda vuelta del pasado 2 de abril.
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La Supercom señaló que los referidos medios recibieron la amonestación escrita»por inobservar los presupuestos constitucionales de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación, así como por tergiversar intencionalmente elementos de la información».
El trámite se inició tras una denuncia ciudadana, «por la supuesta infracción de las normas deontológicas contenidas en el artículo 10, numeral 3, literales a y b».
De acuerdo con los antecedentes que refiere la Intendencia de Comunicación, a las 17h00 del pasado 2 de abril cuando se efectuó la segunda vuelta, dichos medios de comunicación «trasmitieron los resultados de un ‘Exit Poll’, correspondientes a la segunda vuelta de elecciones presidenciales».
Posteriormente, el 10 de abril, plantearon la denuncia «por considerar que la información difundida presentó falencias en la contrastación, inobservando el artículo 10, numeral 3, literales a y b, de la LOC».
Ya el 20 de abril se realizó la audiencia de sustanciación, en la cual asistieron los representantes legales de los medios de comunicación y el denunciante.
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Según la Supercom, desde Canal Uno señalaron que el Consejo Nacional Electoral (CNE) «autorizó la difusión de información generada por las encuestadoras y negó que el señor Rafael Cuesta haya proclamado Presidente de la República a uno de los candidatos, durante la transmisión. Admitió que se dio un error de graficación al mencionarse que la empresa Informe Confidencial realizó un Exit Poll. Por ello, al día siguiente, se presentó disculpas a dicha compañía».
Mientras tanto, los representantes legales de Ecuavisa apuntaron que «los presentadores reiteraron en la transmisión que la información provenía de un Exit Poll de la empresa Cedatos, autorizada por el CNE y que ninguno de ellos declaró Presidente a uno de los candidatos. Reiteró que la transmisión duró varias horas y “en todo momento” se dijo que los datos no eran oficiales, por lo que pidió el archivo de la denuncia».
De su lado, los representantes de Teleamazonas «coincidieron en que la empresa Cedatos fue inscrita y debidamente autorizada por el CNE para realizar la encuesta a boca de urna, por tanto, el canal ‘no se inventó ninguna cifra’, simplemente se limitó a difundir la información transmitida por la encuestadora».
Por otra parte, el denunciante aseguró que «no hubo contrastación de la información al emitirse los resultados de las elecciones y que los canales se apresuraron en afirmar que señor Lasso (Guillermo) era el nuevo presidente, emitiendo, incluso, felicitaciones».
Tras la evaluación de la Supercom se determinó que dichos medios de comunicación «dieron un tratamiento preferencial al contenido no oficial proporcionado por la encuestadora Cedatos, ya que la eligieron como ‘su fuente primordial para transmitir los resultados del Exit Poll, Esto, de ninguna manera está prohibido, lo que sí manda la Ley es que dicho contenido informativo sea debidamente contrastado’, principio que implica recoger y publicar de forma equilibrada (…) la otra parte de la información; por cuanto, de no existir dicho equilibrio, se trastoca el presupuesto de verificación, añadió la resolución».
También, la Supercom apuntó en el boletín de prensa que se estableció que «el contenido emitido por los presentadores constituyó material informativo que debía tratarse con responsabilidad, pues si bien las opiniones que emiten los presentadores o periodistas no están sujetas a los presupuestos constitucionales, deben también guardar consonancia con el respeto al derecho constitucional de los ciudadanos a estar bien informados, observando el parámetro de eficiencia que todo servicio público debe precautelar».
«Los medios se abstuvieron de difundir elementos importantes de la información, como los datos de otras encuestadoras, a los cuales tuvieron acceso, sin tomar en cuenta el derecho de la ciudadanía a estar bien informada, acotó el documento».