Un trabajador que sufrió un paro cardíaco mientras cumplía su jornada laboral en una fábrica metalúrgica recibirá una indemnización millonaria superior a los 350 millones de pesos (aproximadamente 300.000 dólares), luego de que la Justicia determinara responsabilidades por la falta de atención médica oportuna en el lugar de trabajo.
El inicio de la emergencia
Según el medio TN, el caso se remonta a noviembre de 2021, cuando César Fernández comenzó a experimentó dolor intenso en el pecho, mareos y malestar general, por lo que acudió a la enfermería de la empresa. Sin embargo, el área médica se encontraba cerrada en ese momento.
Ante la ausencia de atención inmediata y sin ambulancia disponible, sus compañeros decidieron trasladarlo en un vehículo particular hacia un centro de salud.

Durante el trayecto, Fernández se descompensó y sufrió un paro cardíaco provocando que el trabajador quedara con cuadriparesia y severas limitaciones motoras, además de requerir asistencia permanente para sus actividades diarias debido al daño neurológico sufrido.
El reclamo judicial contra la empresa
La demanda fue impulsada por un abogado quien señaló fallas en los protocolos de atención ante emergencias laborales. Además, presentó que el trabajador ingresó a la empresa en 2009 y, con el tiempo, el sistema de turnos rotativos habría generado un impacto en su salud física y emocional.
El Tribunal del Trabajo consideró el caso como un accidente laboral por ocasión, argumentando que, si bien el trabajo no fue la causa directa del infarto, las condiciones del entorno laboral y la falta de asistencia médica adecuada agravaron el desenlace.

En su fallo, los jueces declararon la inconstitucionalidad de algunos artículos del régimen de riesgos del trabajo, aunque limitaron parte de la responsabilidad de la ART por falta de pruebas específicas.
La indemnización millonaria
La sentencia estableció que la aseguradora deberá pagar $285.980.239,88 pesos, suma que con intereses asciende a $351.246.415,17 pesos, (aproximadamente unos 20 millones de dólares)
El abogado del trabajador destacó que el fallo amplía la interpretación sobre la responsabilidad en accidentes laborales.
“No solo deben repararse los daños directamente causados por el trabajo, sino también aquellos que se agravan por ocurrir en el ámbito laboral sin la debida asistencia”, señaló.

