os hombres fueron sentenciados a 29 años y 4 meses de prisión por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala. La condena fue emitida por un Tribunal de Garantías Penales, tras acoger las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado.
Los sentenciados, identificados como Héctor Omar M. S. y Carlos Andrés L. Q., fueron hallados culpables en calidad de autores directos del delito.
Según la investigación fiscal, ambos fueron detenidos el 24 de octubre de 2025 durante un operativo ejecutado por la Policía Nacional en el sector de La Ecuatoriana, al sur de Quito, luego de varias denuncias anónimas que alertaban sobre actividades relacionadas con la comercialización de droga.
Durante el juicio, dos agentes policiales que participaron en el procedimiento relataron que Héctor Omar M. utilizaba una fachada de servicio de entrega a domicilio para transportar la sustancia ilícita dentro de una maleta. Los uniformados señalaron que, al momento de la intervención, el procesado entregó una funda negra a Carlos Andrés L. Q.
En el interior de la bolsa se encontraron 282,60 gramos de pasta base de cocaína, cantidad que fue confirmada mediante una pericia química forense practicada por especialistas.
La Fiscalía también presentó testimonios de peritos y agentes investigadores que participaron en el reconocimiento del lugar de los hechos, así como en el análisis de las evidencias y evaluaciones técnicas incorporadas al proceso.
Por unanimidad, el Tribunal acogió la tesis acusatoria de la Fiscalía y dispuso la sentencia condenatoria. Los jueces además aplicaron una circunstancia agravante prevista en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), al considerar que la infracción fue cometida con la participación de dos personas, lo que incrementó la pena impuesta.
El tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala está sancionado en el artículo 220 del COIP con penas que van de 19 a 22 años de privación de libertad.
