El Servicio de Rentas Internas (SRI) implementó un nuevo mecanismo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Desde el 1 de junio de 2026, la declaración de este tributo deberá efectuarse de manera simultánea con el pago correspondiente.
La medida responde a una resolución emitida el pasado 16 de abril, mediante la cual la administración tributaria busca fortalecer los controles fiscales y optimizar los procesos de recaudación en el país.
La declaración solo será válida cuando se realice el pago completo
De acuerdo con el SRI, la obligación tributaria relacionada con el IVA se considerará cumplida únicamente cuando el contribuyente registre la declaración y efectúe el pago total del impuesto dentro del mismo proceso.
A través de un comunicado oficial, la entidad señaló:
“La declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se considerará cumplida únicamente cuando se registre junto con el pago total del impuesto”.
La disposición aplica tanto para personas naturales como para personas jurídicas que estén obligadas a declarar este tributo en Ecuador.
El trámite continuará realizándose según el calendario del RUC
Aunque cambia la modalidad de cumplimiento, el calendario tributario establecido por el SRI se mantiene sin modificaciones.
Los contribuyentes deberán continuar presentando sus declaraciones de forma mensual, respetando las fechas asignadas de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
El procedimiento se efectuará exclusivamente a través del portal institucional del SRI, donde se deberá registrar la declaración y realizar el pago en una misma operación electrónica.
Multas por retrasos en la declaración del IVA
La administración tributaria recordó que el incumplimiento de los plazos establecidos puede derivar en sanciones económicas.
Según el artículo 100 de la Ley de Régimen Tributario Interno, quienes presenten la declaración fuera de tiempo deberán pagar una multa equivalente al 3% del valor del impuesto causado.
En los casos en que la declaración no genere un valor de IVA a pagar, la sanción corresponderá al 0,1% de las ventas o ingresos brutos por cada mes o fracción de retraso, con un límite máximo del 5%.
Incluso un día de retraso genera sanción
El SRI precisó que el cálculo de la multa se realiza por mes o fracción de mes.
Esto significa que un retraso de apenas un día puede ser considerado como una fracción mensual y generar la sanción correspondiente conforme a la normativa vigente.
Por ello, la institución recomendó a los contribuyentes verificar con anticipación sus obligaciones tributarias y cumplir con los plazos establecidos para evitar recargos innecesarios.
Mayor control digital y reducción de la mora tributaria
La implementación del pago simultáneo forma parte de una estrategia orientada a fortalecer el control fiscal y reducir los niveles de morosidad tributaria.
Con este sistema, el SRI busca mejorar la trazabilidad de las operaciones, facilitar la validación automática de las declaraciones y optimizar el seguimiento de los pagos realizados por los contribuyentes.
Además, la entidad considera que el nuevo procedimiento permitirá disminuir errores administrativos y estandarizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el IVA dentro del sistema tributario ecuatoriano.
