A partir del 1 de junio de 2026, los contribuyentes en Ecuador deberán adaptarse a una nueva forma de cumplir con una de sus principales obligaciones tributarias. El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció que la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) únicamente será considerada válida cuando se realice junto con el pago total del impuesto.
La medida busca fortalecer los controles tributarios, reducir los niveles de mora y agilizar la recaudación fiscal mediante procesos digitales más estrictos.
¿Qué cambia desde junio de 2026?
Hasta ahora, algunos contribuyentes podían presentar su declaración y posteriormente gestionar el pago correspondiente. Sin embargo, con la nueva normativa, ambos procesos deberán ejecutarse simultáneamente dentro de la plataforma oficial del SRI.
Esto significa que declarar el IVA sin cancelar el valor correspondiente ya no será suficiente para cumplir con la obligación tributaria.
Según la disposición, la declaración se entenderá como presentada únicamente cuando el sistema registre también el pago total del impuesto generado.
¿Qué pasa si declara, pero no paga el IVA?
La principal consecuencia es que la obligación tributaria no se considerará cumplida.
Por ello, los contribuyentes deberán asegurarse de contar con los recursos necesarios antes de enviar la declaración en línea, ya que el sistema validará conjuntamente la información y el pago.
Además, cualquier retraso puede derivar en multas e intereses establecidos por la normativa tributaria vigente.
Multas por incumplimiento
El SRI recuerda que las declaraciones presentadas fuera del plazo establecido generan sanciones económicas.
Cuando existe un impuesto causado, la multa puede alcanzar el 3% del valor a pagar por cada mes o fracción de mes de retraso.
Por otro lado, si la declaración no genera IVA a cancelar, la sanción corresponde al 0,1% de las ventas o ingresos brutos por cada mes o fracción de retraso, sin superar el 5% del total.
Las autoridades tributarias señalan que incluso un solo día de atraso puede ser considerado como una fracción de mes para efectos del cálculo de la multa.
¿Quiénes deben cumplir con esta nueva disposición?
La medida aplica para personas naturales y jurídicas obligadas a declarar IVA en Ecuador.
El calendario tributario no cambia y seguirá organizándose de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), tal como ocurre actualmente.
Por ello, cada contribuyente deberá revisar cuidadosamente la fecha que le corresponde para evitar sanciones o inconvenientes en el sistema.
Trámite continuará siendo digital
La declaración y el pago del IVA seguirán realizándose a través de los servicios en línea del SRI.
Los usuarios deberán ingresar al portal institucional, completar el formulario correspondiente y efectuar el pago dentro del mismo proceso para que la declaración sea aceptada por el sistema.
La entidad considera que esta integración permitirá mejorar la trazabilidad de los pagos, reducir errores y fortalecer los mecanismos de control fiscal.
Empresas y contribuyentes deberán ajustar sus procesos
La nueva modalidad también implicará cambios internos para negocios, profesionales independientes y empresas que manejan obligaciones tributarias periódicas.
Expertos recomiendan revisar con anticipación los registros contables, verificar los valores a declarar y planificar el flujo de caja para evitar contratiempos al momento de cumplir con el pago.
Asimismo, sugieren no esperar hasta el último día del calendario tributario, ya que cualquier problema técnico o bancario podría generar retrasos y sanciones.
Mayor control sobre la recaudación
La decisión forma parte de una estrategia del SRI para fortalecer el cumplimiento tributario y mejorar los niveles de recaudación mediante herramientas digitales.
Con este nuevo esquema, la administración tributaria busca que la declaración y el pago del IVA se conviertan en un único proceso, facilitando el seguimiento de las obligaciones fiscales y reduciendo los casos de mora dentro del sistema tributario ecuatoriano.
