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La declaración y el pago del IVA se realizarán en un solo paso desde junio de 2026

El SRI dispuso que la declaración del IVA solo se considerará válida si se presenta junto con el pago total del impuesto.

Trámites tributarios en del SRI
Trámites tributarios en del SRI

Con el objetivo de simplificar el cumplimiento tributario y brindar mayor claridad a los contribuyentes, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció que la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se considerará cumplida únicamente cuando se registre junto con el pago total del impuesto.

Esta disposición consta en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016, que entrará en vigencia el 1 de junio de 2026.

¿Cómo funcionará el nuevo proceso?

A partir de esa fecha, los contribuyentes deberán presentar la declaración y efectuar el pago correspondiente de forma simultánea, dentro de los plazos establecidos en la normativa vigente.

Si el pago no se realiza en su totalidad, la declaración se considerará como no presentada, incluso cuando existan compensaciones parciales mediante notas de crédito.


¿Quiénes están exceptuados?

La medida se aplicará a los contribuyentes obligados a declarar este impuesto, con excepción de quienes se encuentren registrados en el sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.

También estarán exceptuados los exportadores de bienes y proveedores directos de exportadores de bienes, conforme los requisitos establecidos en la resolución.

Recomendación del SRI

La Administración Tributaria recomienda presentar las declaraciones con anticipación a la fecha de vencimiento, con el fin de evitar contratiempos y cumplir con las obligaciones de manera oportuna.

El SRI señaló que esta medida forma parte de su compromiso por fortalecer una cultura tributaria basada en la transparencia y la corresponsabilidad.

Además, busca impulsar procesos más simples que favorezcan una recaudación ágil, eficiente y segura.

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