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Quedaba al cuidado de su nieta y aprovechaba cuando la niña ingresaba a su cuarto para abusarla en Quito

Fue condenado a 22 años por violación en contra de su nieta de 10 años en Quito.

Quedaba al cuidado de su nieta y aprovechaba cuando la niña ingresaba a su cuarto para abusarla en Quito
Quedaba al cuidado de su nieta y aprovechaba cuando la niña ingresaba a su cuarto para abusarla en Conocoto. Imagen referencial

Un Tribunal de Garantías Penales sentenció a 22 años de prisión a Luis Marcelo S. M., declarado culpable del delito de violación en contra de una niña de 10 años en Quito. La decisión se dio tras analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía, que actuó a través de la unidad especializada en violencia de género.

El fallo incluyó agravantes, una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados y el pago de 10.000 dólares como medida de reparación integral para la víctima. Además, se dispuso que la menor reciba tratamiento psicológico a través de una entidad pública.

Hechos ocurrieron en Conocoto

De acuerdo con la investigación, los hechos se registraron entre 2013 y 2014 en un inmueble ubicado en el sector de Conocoto, en Quito.

El ahora sentenciado quedaba al cuidado de la menor, quien era su nieta. Según el proceso judicial, aprovechaba esos momentos para cometer el delito cuando la niña ingresaba a su habitación.


Tras las agresiones, el procesado le pedía a la víctima que no contara lo ocurrido.

Caso salió a la luz años después

El caso se conoció en 2021, cuando la víctima relató lo sucedido a sus padres. Ellos, tras conocer los hechos, presentaron la denuncia ante las autoridades.

A partir de ese momento, la Fiscalía inició el proceso investigativo que culminó con la sentencia condenatoria.

Pruebas fueron determinantes en el juicio

Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía presentó varios elementos probatorios que permitieron establecer la responsabilidad del acusado.

Entre las pruebas constan:

  • El testimonio anticipado de la víctima
  • El testimonio de la madre
  • Declaraciones de agentes aprehensores
  • El examen médico-legal ginecológico
  • Una pericia psicológica
  • El reconocimiento del lugar de los hechos

El tribunal concluyó que estas evidencias fueron suficientes para demostrar la responsabilidad penal del procesado.

Pena máxima con agravantes

La sentencia de 22 años corresponde al máximo establecido en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación cuando la víctima es menor de 14 años.

En este caso, además, se aplicaron agravantes conforme al artículo 48 del mismo cuerpo legal, lo que ratificó la gravedad del delito.

Medidas de reparación para la víctima

Además de la pena privativa de libertad, el fallo incluyó medidas de reparación integral, entre ellas una compensación económica y la disposición de atención psicológica.

Estas medidas buscan mitigar el impacto del delito en la víctima y garantizar su recuperación integral, conforme a los estándares de protección de derechos en casos de violencia sexual contra menores.

El caso se enmarca dentro de los procesos que impulsa la Fiscalía para sancionar delitos de violencia de género y proteger a niños, niñas y adolescentes.

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