Los cambios en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los alimentos siguen causando preocupación en Ecuador. Sin embargo, tras ajustes recientes del Servicio de Rentas Internas (SRI), se confirma que la mayoría de productos de la canasta básica mantiene el 0% de IVA en 2026.
Esta información es clave para entender qué alimentos no subirán de precio y cómo impactan realmente las decisiones tributarias en el bolsillo de los ecuatorianos.
Lista de productos de la canasta básica con 0% de IVA
Según el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno (Lorti), estos son los alimentos que están exentos del IVA:
Productos en estado natural
- Productos alimenticios de origen agrícola
- Productos avícolas
- Productos pecuarios
- Productos apícolas
- Productos cunícolas
- Productos bioacuáticos
- Productos forestales
- Carnes en estado natural
- Embutidos
- Productos de la pesca que se mantengan en estado natural
No se consideran transformación procesos como:
- Refrigeración
- Enfriamiento
- Congelamiento
- Pilado
- Desmote
- Trituración
- Extracción para aceites
- Faenamiento
- Cortado
- Empaque
Lácteos y derivados
- Leche en estado natural
- Leche pasteurizada
- Leche homogeneizada
- Leche en polvo de producción nacional
- Quesos
- Yogures
- Leches maternizadas
- Proteicos infantiles
Productos básicos de consumo masivo
- Pan
- Azúcar
- Panela
- Sal
- Manteca
- Margarina
- Avena
- Maicena
- Fideos
- Harinas de consumo humano
- Enlatados nacionales de atún, macarela, sardina y trucha
- Aceites comestibles (excepto el aceite de oliva)
Datos clave de la canasta básica en Ecuador
- Valor de la canasta básica (febrero 2026): USD 824,17
- Total de productos analizados por el INEC: 359
- Productos con 0% de IVA: 154
- Alimentos dentro de la canasta: 115
- Alimentos con 0% de IVA: 94
Entre los productos más consumidos con tarifa 0% están:
- Carnes rojas y blancas
- Atún
- Arroz
- Pan
- Avena
- Huevos
- Embutidos
- Frutas
- Vegetales
- Café molido
- Azúcar
- Sal
- Agua embotellada
¿Por qué estos productos no pagan IVA?
Este beneficio se conoce como gasto tributario, ya que el Estado deja de percibir ingresos para proteger el consumo de productos esenciales.
El objetivo es evitar que los alimentos básicos suban de precio, especialmente para los hogares con menos recursos.
Cambios del SRI: lo que generó la polémica
El 26 de marzo de 2026, el SRI emitió la circular NAC-DGECCGC26-00000002, donde planteaba cambios en la aplicación del IVA.
En esa primera circular se indicaba que:
- La leche deslactosada, descremada y semidescremada debía pagar 15% de IVA
- Solo el pan básico (harina, agua, levadura y sal) tendría 0%, lo que implicaba que otros panes pagarían IVA
Esto generó preocupación, ya que se trataba de productos de primera necesidad.
Rectificación del SRI: qué cambió
Tras las críticas, el SRI emitió una nueva circular el 2 de abril de 2026, en la que corrigió su postura.
Ahora establece que:
La leche de producción nacional, incluso descremada y semidescremada, mantiene el 0% de IVA
Pero hay excepciones:
Sí pagan 15% de IVA si:
- Tienen aditivos
- Contienen enzimas
- Incluyen saborizantes
- Incorporan frutas
IVA en el pan: qué productos están exentos
El SRI también aclaró el tratamiento del pan basándose en la Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2945.
Los panes que mantienen 0% de IVA son:
- Pan básico: harina de trigo, agua, levadura y sal
- Pan común: puede incluir grasas, aceites, azúcar u otros aditivos
- Pan especial: incluye ingredientes como leche, huevos, frutas
- Pan integral
- Pan integral especial: puede incluir granos, oleaginosas, entre otros
El resto de panes que no cumplan con estas definiciones deberán pagar el 15% de IVA.
Impacto real en la canasta básica
A pesar de la preocupación inicial, el impacto en la canasta básica sería limitado.
Esto se debe a que:
- La mayoría de productos esenciales mantiene tarifa 0%
- Los cambios del SRI se enfocan en productos con mayor valor agregado
- Estos productos no forman parte del consumo principal de los hogares con menos recursos