El Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, emitido por el Ministerio del Trabajo, establece nuevas reglas para la organización de la jornada laboral en Ecuador. Sin embargo, la normativa no elimina ni modifica el pago de horas extras, suplementarias ni el recargo por trabajo nocturno.
El acuerdo fue publicado en el Registro Oficial el 10 de marzo de 2026 y regula cómo las empresas pueden distribuir las 40 horas semanales de trabajo, sin cambiar el límite máximo establecido en el Código del Trabajo.
Las horas extras y suplementarias se mantienen
Según la normativa vigente, la jornada laboral máxima continúa siendo de 40 horas semanales.
Esto significa que cualquier tiempo trabajado que supere ese límite deberá pagarse como horas suplementarias o extraordinarias, dependiendo del caso.
El recargo por trabajo nocturno no cambia
El ministro de Trabajo, Harold Burbano, explicó que el nuevo acuerdo no elimina el pago adicional por trabajo nocturno.
“El Código del Trabajo dice que desde las 19:00 es horario nocturno y se paga con un extra”, indicó en una entrevista con Teleamazonas.
Por ejemplo, si una persona trabaja en un centro comercial desde 10:00 hasta las 21:00, las horas posteriores a las 19:00 deben pagarse con el recargo nocturno, aunque formen parte de la jornada regular.
Los horarios acordados deben respetar los recargos
El ministro también señaló que, incluso cuando el horario se acuerda entre empleador y trabajador, los recargos establecidos en la ley deben aplicarse.
Esto significa que si una persona inicia su jornada a las 18:00, las horas que se trabajen dentro del período nocturno deberán incluir el recargo correspondiente.
“Ese horario que se acuerda entre trabajador y empleador tiene que tener el recargo establecido en la ley”, afirmó Burbano.
El acuerdo regula cómo se distribuyen las horas
La nueva normativa busca principalmente regular la forma en que se distribuyen las 40 horas de trabajo dentro de la semana, permitiendo mayor flexibilidad en la organización de turnos y horarios.
No obstante, los derechos laborales relacionados con pagos adicionales se mantienen sin cambios.
