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Adolescentes podrán solicitar la rectificación de su identidad de género en su cédula en Ecuador

Según fallo de la Corte Constitucional

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Envato (africaimages.com (Olga Yastremsk)

La Corte Constitucional de Ecuador determinó que los adolescentes podrán solicitar la rectificación de su identidad de género en la cédula de ciudadanía, incluso antes de cumplir la mayoría de edad.

La decisión permite que jóvenes entre 12 y 18 años puedan iniciar este trámite ante el Registro Civil, siempre que cuenten con el acompañamiento de sus representantes legales y presenten informes psicosociales que respalden la solicitud.

El fallo se produjo tras el análisis de un caso relacionado con la negativa del Registro Civil a modificar los datos de identidad de un adolescente en su documento oficial.

Corte Constitucional cuestiona la exigencia de mayoría de edad

La sentencia fue aprobada el 5 de febrero de 2026 con cinco votos a favor de los nueve jueces de la Corte Constitucional.


En su decisión, el tribunal analizó lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles y en el artículo 32 de su reglamento, que exigían haber cumplido 18 años para poder rectificar el dato de sexo o género en los documentos de identidad.

Según la Corte, esa restricción genera una afectación desproporcionada a derechos constitucionales, particularmente:

  • el derecho a la identidad
  • el libre desarrollo de la personalidad

Por ello, determinó que la aplicación de esa regla en determinados casos es inconstitucional.

El caso que originó la decisión judicial

El proceso llegó a la Corte Constitucional luego de que los padres de un adolescente solicitaran al Registro Civil, Identificación y Cedulación modificar el nombre y el género de su hijo en su cédula.

La institución rechazó la petición el 9 de enero de 2024, argumentando que la normativa vigente permitía realizar ese cambio solo al cumplir la mayoría de edad.

Ante esa negativa, el caso fue llevado a la justicia mediante una acción de protección. Posteriormente, una jueza que analizaba el proceso elevó una consulta de norma a la Corte Constitucional para determinar si la regla legal era compatible con la Constitución.

Qué establece el fallo de la Corte Constitucional

El dictamen, elaborado por el juez ponente Jhoel Escudero, concluye que la exigencia de mayoría de edad para rectificar el género en documentos oficiales puede vulnerar derechos fundamentales cuando se aplica a adolescentes.

En consecuencia, la Corte determinó que los adolescentes podrán solicitar la rectificación de su identidad de género en la cédula, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Entre las condiciones establecidas están:

  • el acompañamiento de representantes legales
  • la presentación de informes psicosociales
  • la realización del trámite ante el Registro Civil


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