Si eres contador, empresario, emprendedor o simplemente emites facturas en Ecuador, hay un cambio importante que debes conocer.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció nuevos porcentajes de retención en la fuente del Impuesto a la Renta, vigentes desde el 1 de marzo de 2026.
La medida fue oficializada mediante la resolución NAC-DGERCGC26-00000009, que define qué porcentajes deben aplicar los contribuyentes cuando realizan pagos o acreditaciones en cuenta por ingresos considerados rentas gravadas.
En términos simples: algunas transacciones ahora tendrán una retención del 5%, lo que impacta directamente en la forma en que empresas y profesionales reciben sus pagos.
A continuación te explicamos qué significa, a quiénes aplica y por qué debes prestarle atención.
¿Qué es la retención en la fuente y por qué es importante?
La retención en la fuente funciona como un anticipo del Impuesto a la Renta.
En lugar de que pagues todo el impuesto al final del año, el sistema permite que una parte se descuente en el momento en que recibes un pago.
Es decir:
• Emite una factura por un servicio.
• El cliente te paga, pero descuenta un porcentaje.
• Ese dinero lo entrega directamente al SRI en tu nombre.
De esta manera, cuando llegue el momento de tu declaración anual, ya habrás adelantado una parte del impuesto.
Este mecanismo facilita la recaudación para el Estado, pero también implica algo clave para empresas y contribuyentes: aplicar el porcentaje correcto en cada operación.
Un error en la retención puede provocar:
• multas tributarias
• glosas en auditorías
• diferencias en la declaración de impuestos
¿Quiénes están obligados a realizar la retención?
No todos los contribuyentes realizan retenciones.
La obligación recae principalmente en:
• Contribuyentes especiales
• Agentes de retención calificados por el SRI
Esto significa que, cuando estas empresas pagan a proveedores o prestadores de servicios, deben aplicar el porcentaje de retención correspondiente antes de realizar el pago.
¿Quiénes tendrán la retención del 5%?
Según la resolución del SRI, la retención del 5% se aplicará en ciertos pagos realizados a sociedades residentes en Ecuador o a establecimientos permanentes en el país, principalmente en dos casos:
1. Servicios profesionales prestados por sociedades
Aplica cuando una empresa brinda servicios que requieren profesionales con título acreditado.
Por ejemplo:
• consultorías especializadas
• asesoría legal o contable prestada por firmas
• estudios técnicos o profesionales
En estos casos, el pagador deberá retener el 5% del valor correspondiente al Impuesto a la Renta.
2. Comisiones pagadas a sociedades
También se aplicará el 5% de retención cuando se paguen comisiones a empresas domiciliadas en Ecuador.
Esto puede incluir:
• comisiones comerciales
• intermediación de negocios
• representación o gestión comercial
