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SRI: estos contribuyentes tendrán 0% de retención en el Impuesto a la Renta en Ecuador

La resolución también contempla situaciones específicas en las que no se aplica retención en la fuente.

Impuestos.
Impuestos. Los contribuyentes tienen hasta el 15 de abril para presentar su declaración fiscal. (Especial creada con Google AI)

Los cambios en las reglas tributarias ya están en marcha. El Servicio de Rentas Internas (SRI) actualizó los porcentajes de retención en la fuente del Impuesto a la Renta mediante la resolución NAC-DGERCGC26-00000009, normativa que entró en vigencia el 1 de marzo de 2026.

La medida establece nuevos porcentajes que deben aplicar los contribuyentes cuando realizan pagos o acreditaciones en cuenta que constituyen ingresos gravados para otra persona o empresa.

Si eres contador, empresario, emprendedor o emites facturas en Ecuador, esta actualización puede afectar directamente la forma en que registras tus operaciones.

¿Qué es la retención en la fuente y cómo funciona?

La retención en la fuente es un mecanismo de recaudación anticipada del Impuesto a la Renta. En términos simples, cuando una persona o empresa paga por un bien o servicio, puede descontar un porcentaje del valor y entregarlo directamente al Servicio de Rentas Internas.


Ese monto retenido funciona como un anticipo del impuesto que deberá pagar el proveedor o profesional en su declaración anual.

Por ejemplo, si emites una factura por un servicio profesional, el cliente puede retener un porcentaje del valor total y reportarlo al SRI. De esta manera, el Estado asegura el cobro parcial del impuesto antes del cierre del ejercicio fiscal.

Aplicar el porcentaje incorrecto puede generar problemas tributarios, multas o inconsistencias en una auditoría fiscal.

¿Quiénes están obligados a realizar retenciones?

No todos los contribuyentes deben realizar este proceso. La normativa establece que están obligados a retener principalmente:

  • Contribuyentes especiales.
  • Empresas o instituciones designadas como agentes de retención por el SRI.

Estos contribuyentes deben aplicar el porcentaje correspondiente cada vez que paguen bienes o servicios gravados con Impuesto a la Renta.

¿Quiénes tendrán el 0% de retención?

La resolución también contempla situaciones específicas en las que no se aplica retención en la fuente. En estos casos el porcentaje es del 0%.

Entre los principales escenarios se encuentran:

  • Intereses pagados a bancos y entidades financieras supervisadas por la Superintendencia de Bancos.
  • Transacciones realizadas con personas privadas de libertad dentro de programas de reinserción laboral.
  • Compras a contribuyentes del régimen RIMPE clasificados como negocios populares, siempre que se emita un comprobante de venta preimpreso.

Cuando se presentan estas condiciones, no corresponde emitir comprobante de retención.

¿Por qué es importante conocer estos cambios del SRI?

La actualización busca ajustar el sistema tributario a la realidad económica actual y mejorar el control sobre los ingresos gravados en el país.

Para contadores, empresas y emprendedores, conocer cuándo aplicar retención —y cuándo no hacerlo— es clave para evitar errores contables y cumplir correctamente con las obligaciones tributarias.

Las resoluciones del Servicio de Rentas Internas forman parte de un proceso de actualización permanente de la normativa fiscal, por lo que se recomienda revisar las tablas oficiales de porcentajes antes de emitir o pagar facturas.

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