Noticias

Corte Constitucional ordena al comandante de la FAE pedir disculpas públicas por la desaparición forzada de Nehemías, Steven, Ismael y Josué

La Corte determinó que los menores fueron víctimas y dispuso un acto público de reconocimiento de responsabilidad del Estado.

En los exteriores de la Fiscalía del Guayas, se concentraron activistas políticos, actores, personal de derechos humanos y familiares de los menores desaparecidos desde el 08 de diciembre. Ellos piden se esclarescan los hechos de la desaparición supuestamente en manos de personal militar
Fotos: César Muñoz/API
Corte Constitucional ordena al comandante de la FAE pedir disculpas públicas por la desaparición forzada de Nehemías, Steven, Ismael y Josué. Foto: API (César Muñoz/API)

La Corte Constitucional del Ecuador ordenó al comandante general de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas por la desaparición forzada de cuatro niños ocurrida en el sur de Guayaquil.

La medida forma parte de la sentencia 1732-25-EP/26, emitida el 5 de marzo de 2026, en la que el máximo organismo constitucional concluyó que Josué, Ismael, Steven y Nehemías fueron víctimas de desaparición forzada tras haber sido privados de su libertad por patrullas militares.

Corte ordena disculpas públicas del Estado

Como parte de las medidas de reparación integral, la Corte dispuso que el comandante general de la FAE comparezca en un acto público ante las familias de las víctimas y la sociedad para reconocer la responsabilidad del Estado en lo ocurrido.

El evento deberá realizarse en el lugar que determinen los familiares de los menores y deberá contar con difusión pública a nivel nacional.


En el texto que deberá leerse durante el acto, el Estado reconoce “con vergüenza y dolor” su responsabilidad en la desaparición forzada y posterior muerte de los cuatro niños afrodescendientes.

Corte determinó desaparición forzada

En su análisis del caso, la Corte concluyó que los menores fueron privados ilegal, arbitraria e ilegítimamente de su libertad por patrullas militares la noche del 8 de diciembre de 2024, en un barrio del sur de Guayaquil.

El tribunal constitucional señaló que el Estado no proporcionó información inmediata, satisfactoria ni convincente sobre su detención ni sobre su paradero, lo que configuró una desaparición forzada.

Además, determinó que las autoridades judiciales vulneraron el derecho al debido proceso al no analizar de manera integral la denuncia presentada por los familiares en una acción de hábeas corpus.

Otras medidas dispuestas por la Corte

La sentencia también establece otras acciones de reparación, entre ellas:

  • Dejar sin efecto la sentencia judicial que negó el hábeas corpus.
  • Difundir la sentencia a nivel nacional.
  • Incorporar el fallo en los procesos de formación del personal militar.

La Corte recordó que los derechos a la vida y a la integridad personal no pueden suspenderse, incluso en contextos de seguridad o estados de excepción.

Asimismo, enfatizó que el Estado tiene una obligación reforzada de protección cuando se trata de niñas, niños y adolescentes.

Tags

Lo Último