En Ecuador es común escuchar que si una persona deja de pagar una deuda durante varios años, esta desaparece. Sin embargo, esto no es correcto. Lo que realmente puede prescribir es el derecho del acreedor a cobrar judicialmente la deuda, pero la obligación no desaparece.
Así lo explicó en una entrevista exclusiva Marco Rodríguez, director ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca), quien aclaró que existe mucha desinformación sobre este tema, especialmente en redes sociales.
La deuda no desaparece, lo que prescribe es el cobro judicial
Rodríguez explica que muchas personas creen que dejar pasar el tiempo elimina la obligación, pero en realidad lo que cambia es la posibilidad de exigir el pago a través de la justicia.
“Lo que prescribe cuando uno tiene una deuda, es la posibilidad de cobrar. (…) Digamos que yo le debo a una casa comercial 100 dólares. Lo que prescribe es la capacidad que tiene ese almacén de demandarme para que yo pague. Pero la deuda no prescribe, la deuda no desaparece”.
Esto significa que, aunque el acreedor ya no pueda presentar una demanda, la obligación moral y financiera sigue existiendo.
Los plazos de prescripción dependen del tipo de obligación
El tiempo que tiene un acreedor para iniciar un proceso judicial depende del tipo de obligación.
“No me va a poder demandar pasado 15 años de la obligación, dependiendo del tipo. Existen dos tipos, las ejecutivas (…) unas prescriben en 10 años y las otras en 15 años”.
Una vez transcurrido ese plazo, el acreedor pierde la posibilidad de exigir el pago por la vía judicial, pero la deuda sigue existiendo.
No pagar una deuda puede traer consecuencias
Rodríguez explica que desde el momento en que una persona deja de pagar, el acreedor puede activar distintos mecanismos para recuperar el dinero.
Entre ellos están:
- Gestiones de cobranza
- Llamadas de recuperación de cartera
- Acciones judiciales
En los casos de créditos que tienen una garantía, como hipotecas o créditos automotrices, incluso el bien adquirido podría quedar en riesgo si el deudor deja de cumplir con sus pagos.
Cuidado con los consejos que circulan en redes sociales
El representante de Asobanca también advirtió que existen recomendaciones en redes sociales que sugieren no pagar deudas para que prescriban, algo que considera un error.
“He visto cómo existen personas que dicen que son abogados y les aconsejan a las personas en redes sociales que no pague para que la deuda prescriba”.
Según explicó, seguir este tipo de consejos puede generar problemas financieros y legales.
La importancia de mantener un buen historial crediticio
Rodríguez también destacó que cumplir con las obligaciones financieras permite mantener un buen historial crediticio, lo cual abre nuevas oportunidades.
“La bondad de tener un buen historial crediticio, entonces, es que esta es la llave que abre la posibilidad de tener cada vez más y mejores créditos”.
Un historial positivo facilita el acceso a préstamos para vivienda, emprendimientos o consumo.
La deuda puede pagarse incluso después de muchos años
Aunque haya pasado el tiempo y el acreedor ya no pueda demandar, la deuda no desaparece y el deudor todavía puede pagarla.
“La deuda sigue estando ahí. Si usted le debe a una persona, no le puede decir: ‘como no me cobraste en 10 años entonces ya no te debo’. No. Usted le debe”.
Incluso, Rodríguez plantea que una persona puede acercarse más adelante a su acreedor para resolver la obligación pendiente.
“Si uno es honesto Y correcto, (…) cuando haya pasado la situación o la condición que no le permite pagar, va a poder acercarse (…) y decir: ‘¿sabe qué? Yo le debía a usted plata, no le pude pagar cuando correspondía, pero ahora quiero llegar a un acuerdo con usted para pagarlo’”.
Cuándo acudir a la vía legal
Si una persona cree que su deuda ha prescrito, lo recomendable es buscar asesoría legal.
Para que la prescripción tenga efecto jurídico debe ser declarada por un juez, por lo que el proceso debe tramitarse con un abogado.
