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Aranceles del 30%: Productos ecuatorianos que Colombia prohíbe ingreso vía terrestre

El documento señala que el objetivo es equilibrar las condiciones del intercambio bilateral

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El gobierno de Colombia emitió el Decreto 0170 de 2026, con el cual impone un arancel del 30% a 23 partidas arancelarias desagregadas en 73 subpartidas, que abarcan distintos productos agrícolas, alimenticios e industriales. y prohíbe su ingreso por pasos fronterizos terrestres.

La decisión fue adoptada como una respuesta directa a la “tasa de seguridad” del 30% implementada por Ecuador desde el 1 de febrero de 2026, medida que encareció las importaciones colombianas en el país.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia informó que el decreto abarca 23 partidas arancelarias y 73 subpartidas, que incluyen bienes agrícolas, agroindustriales y manufacturados de origen ecuatoriano.La disposición establece un arancel del 30% y restricciones a su circulación por los pasos fronterizos de Ipiales (Nariño) y Puerto Asís (Putumayo), principales puntos de conexión comercial entre ambas naciones.

El documento señala que el objetivo es equilibrar las condiciones del intercambio bilateral y responder a la decisión ecuatoriana de aplicar la tasa de seguridad.


“La medida se sustenta en las disposiciones de la Constitución, el Acuerdo de Cartagena y el artículo XXI del GATT de 1994”, indicó la cartera de Comercio colombiana.

Productos afectados por el arancel del 30%

Entre los productos ecuatorianos sujetos al nuevo gravamen se encuentran:

  • Frijol, arroz y plátano.
  • Cacao en polvo sin azúcar y azúcar de caña.
  • Grasas y aceites de origen vegetal y animal.
  • Banano orito, coco, papa, tomate y cebolla.
  • Calzado con suela de caucho, plástico o cuero natural.
  • Insecticidas, fungicidas y desinfectantes.
  • Etanol, aguardientes desnaturalizados y tubos industriales.

Además, el decreto añade restricciones al ingreso de mercancías específicas, como arroz paddy, arroz pardo, legumbres, maracuyá, camarones, truchas y otras especies acuáticas.

Prohibición del ingreso terrestre

El decreto también limita el tránsito terrestre de ciertas mercancías por los pasos de Ipiales y Puerto Asís, que conectan directamente con las provincias ecuatorianas de Carchi y Sucumbíos.

El Puente Internacional de Rumichaca, en Ipiales, y el paso de San Miguel, que conecta Putumayo con Sucumbíos, son los puntos más utilizados para el tránsito de mercancías entre ambos países.

Entre los productos afectados por la medida están:

  • Arroz. 
  • Plátano, fresco y seco. 
  • Banano, en su variedad orito. 
  • Aguacate, en su variedad Hass. 
  • Coco, fresco y seco. 
  • Papa, fresca o refrigerada.  
  • Cebollas y ajos, frescos y refrigerados. 
  • Tomate, fresco o refrigerado.
  • Legumbres y frijoles, como lentejas y arvejas. 
  • Maracuyá. 
  • Camarones y langostinos. 
  • Peces vivos: truchas y otros. 

Las autoridades aduaneras colombianas advirtieron que el incumplimiento de estas medidas derivará en la aprehensión inmediata de las mercancías y del medio de transporte, sin posibilidad de legalización o reembarque.

Control de sustancias químicas y seguridad fronteriza

Colombia incluyó en la misma resolución un apartado sobre control de sustancias químicas utilizadas en la producción de drogas sintéticas, particularmente del fentanilo.El país prohíbe la importación terrestre de productos como ácido clorhídrico, éter dietílico y tolueno, al considerarlos precursores de la fabricación ilícita de estupefacientes.

Estas medidas también se aplican bajo cualquier régimen aduanero, con el propósito de reforzar los controles de seguridad fronteriza.

Tensión bilateral tras la tasa de seguridad ecuatoriana

El conflicto comercial se originó después de que Ecuador aplicara un recargo arancelario del 30% a las importaciones provenientes de Colombia, medida denominada oficialmente como “tasa de seguridad”.Esta disposición, emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) el 24 de enero de 2026, se basa en el valor declarado al momento de nacionalizar los productos colombianos.

El objetivo, según el Gobierno ecuatoriano, fue proteger la producción nacional y evitar desequilibrios en la balanza comercial. Sin embargo, el decreto colombiano representa una represalia directa que afecta a exportadores agrícolas y manufactureros de ambos países.

Hasta el momento, Ecuador no ha emitido un pronunciamiento oficial frente a la decisión colombiana, mientras sectores privados instan a ambos gobiernos a retomar el diálogo diplomático y comercial.

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