La Dirección General del Registro Civil del Ecuador informó que el acta registral de Aquiles Alvarez presenta dos marginaciones realizadas en 2016 y 2019, pero únicamente la más reciente cuenta con respaldo jurídico válido. Así lo reportó el diario El Universo, tras una revisión de los antecedentes judiciales que sustentaron ambas modificaciones.
El trámite de 2016 para cambiar el año de nacimiento
De acuerdo con la publicación, en 2016 Aquiles Alvarez inició un proceso judicial para rectificar el año de su nacimiento. En su inscripción original constaba el 12 de abril de 1985, registrada el 17 de abril de ese mismo año en el Registro Civil de Guayaquil.
Sin embargo, Alvarez habría argumentado que su fecha real de nacimiento era el 12 de abril de 1984, respaldando su pedido con un certificado de nacido vivo emitido por la Clínica Kennedy.
Según el expediente citado por el medio de comunicación, la supuesta sentencia que acogió la solicitud estaría fechada el 26 de noviembre de 2016 y correspondería al proceso N.° 099141-2016-00198, tramitado en la entonces Unidad Judicial de lo Civil de Guayaquil.

Firmas bajo cuestionamiento
El fallo aparece firmado por Peter Kuffo como juez. No obstante, el medio señala que existe un documento oficial con fecha 5 de marzo de 2014 en el que Kuffo presenta su renuncia como juez temporal, es decir, dos años antes de la fecha en que habría sido emitida la sentencia.
Además, el documento judicial también contendría la firma de una secretaria que para 2016 ya se encontraba jubilada, lo que incrementa las dudas sobre la autenticidad del fallo.
Registro Civil: el proceso no existe en el sistema
Según informó el Registro Civil a El Universo, en febrero de 2026 la institución solicitó al Consejo de la Judicatura que certifique la existencia del proceso N.° 099141-2016-00198, ya que no constaba en el sistema judicial público SATJE.
La respuesta oficial confirmó que ese número de proceso no existe en el sistema y que la persona que suscribía el documento no se encontraba en funciones jurisdiccionales en la fecha señalada.
Ante esto, el Registro Civil concluyó que no fue posible acreditar la existencia jurídica del proceso ni de la supuesta sentencia, por lo que la marginación realizada en 2016 carece de respaldo documental verificable.
La acción constitucional de 2019
Posteriormente, en 2019, Aquiles Alvarez presentó una acción constitucional de hábeas data, tramitada en la Unidad Judicial Penal Sur de Guayaquil, dentro del proceso N.° 09284-2019-02624.
De acuerdo con el Registro Civil, esta sentencia —emitida por autoridad competente— ordenó corregir datos de filiación y dejar sin efecto modificaciones previas del registro.
La entidad indicó que esta resolución constituye el único título registral vigente que sustenta la información actual del ciudadano en el sistema.
Prescripción de acciones
El Registro Civil reconoció que identificó irregularidades en la marginación de 2016. Sin embargo, precisó que han transcurrido más de ocho años desde su ejecución, por lo que los plazos para acciones administrativas o judiciales estarían prescritos.
No obstante, aclaró que la sentencia constitucional de 2019 prevalece y que la información actualmente registrada goza de presunción de veracidad y legitimidad conforme a la normativa vigente.
Según la institución, la marginación de 2016 se basó en una sentencia inexistente y sin respaldo judicial, mientras que la de 2019 es la única válida, ejecutoriada y oponible que rige actualmente el acta registral.
