Tres personas fueron sentenciadas a trece años y cuatro meses de prisión por el delito de extorsión agravada, tras exigir dinero bajo amenazas de muerte a un comerciante informal en el sur de Quito. La sentencia fue emitida este 26 de enero de 2026 por un Tribunal de Garantías Penales, con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía.
Amenazas de muerte para exigir dinero
De acuerdo con la información oficial de la Fiscalía General del Estado, los sentenciados Ramón Alfonso A. R., Carlos Alfredo P. C. y Diego Iván L. G. exigieron dinero a un comerciante informal de zapatos, a cambio de “no mandar picadito” al joven que trabajaba con él.
Los hechos ocurrieron la tarde del 13 de febrero de 2025, en el sector de Guamaní, al sur de Quito.
Cómo ocurrió la extorsión
Según el expediente fiscal, un transeúnte alertó a la Policía sobre la retención forzada de un joven, quien fue llevado por tres hombres hasta un parque, mientras atendía una llamada telefónica junto a una motocicleta estacionada.
Al verificar la alerta, los uniformados localizaron a cuatro personas en el sitio. Durante el registro, uno de ellos manifestó que había sido interceptado por los otros tres, quienes se identificaron como integrantes del grupo delictivo “Los Tiguerones”.
Bajo amenazas de muerte, los ahora sentenciados obligaron al joven a llamar a su supervisor. Cuando el jefe atendió la llamada, uno de los extorsionadores tomó el teléfono y exigió el pago de 700 dólares como “inscripción” y 100 dólares mensuales por “vacuna”, a cambio de un supuesto servicio de protección en el sector.
El jefe indicó que no contaba con el dinero solicitado. Sin embargo, tras insultos y amenazas, terminó transfiriendo 20 dólares, monto con el cual se consumó el delito de extorsión, según la Fiscalía.
Pruebas presentadas por Fiscalía
Durante el juicio, la Fiscalía presentó como pruebas:
- El testimonio de la víctima y de su supervisor.
- Las declaraciones de los policías aprehensores.
- Los informes de los peritos que realizaron el reconocimiento del lugar de los hechos.
Con base en estos elementos, el Tribunal declaró culpables a los tres procesados como autores directos del delito de extorsión.
Sustento legal de la sentencia
La causa fue sentenciada conforme al artículo 185, incisos primero y tercero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la extorsión cometida bajo amenaza de muerte o lesión.
Además, se aplicó la circunstancia agravante prevista en el artículo 47, numeral 5, del COIP, debido a que el delito fue cometido por dos o más personas, lo que elevó la pena impuesta a trece años y cuatro meses de privación de libertad.
La Fiscalía destacó que este fallo ratifica el compromiso institucional de combatir la extorsión y las amenazas violentas, especialmente aquellas dirigidas contra trabajadores y comerciantes en sectores vulnerables de la capital.
