El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció una ampliación excepcional del plazo para la presentación de declaraciones y anexos tributarios correspondientes a enero de 2026.
La medida aplica exclusivamente para los contribuyentes cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 1 y 2, quienes ahora tendrán hasta el 21 de enero de 2026 para cumplir con estas obligaciones.
Nuevo calendario tras el vencimiento original
De forma ordinaria, el plazo para presentar las declaraciones estaba fijado para el 12 de enero de 2026.
Sin embargo, diversos inconvenientes registrados ese día obligaron a la administración tributaria a modificar el calendario.
La ampliación busca evitar perjuicios a los contribuyentes que no pudieron completar sus trámites dentro del plazo inicial.
Contribuyentes especiales también se benefician
La prórroga también alcanza a los contribuyentes especiales, aunque con un límite distinto.
En este caso, el nuevo plazo se extiende hasta el 15 de enero de 2026.
El SRI confirmó que todas sus dependencias a nivel nacional ya están habilitadas para aplicar esta disposición de manera inmediata.
Declaraciones sin intereses ni multas
La directora general del SRI, Alexandra Navarrete, aclaró que las obligaciones tributarias presentadas dentro de los nuevos plazos no generarán intereses ni multas.
Esta decisión quedó establecida en la Resolución No. NAC-DGERCGC26_000000002.
Según el organismo, la ampliación responde a múltiples intermitencias tecnológicas detectadas en las plataformas digitales del SRI, provocadas por la alta demanda de usuarios en tiempo real durante la fecha de vencimiento original.
Recomendación a los contribuyentes
El SRI hizo un llamado a los contribuyentes beneficiados a cumplir con sus declaraciones dentro del nuevo plazo establecido.
Con esta medida, la entidad busca mitigar los efectos de las fallas técnicas y garantizar el adecuado registro de la información fiscal, evitando sanciones innecesarias en un contexto de alta demanda digital.
