Las Fiestas de Quito llegan con uno de los feriados más representativos de la capital, y con él, una duda frecuente entre los trabajadores: ¿cuánto deben pagarme si trabajo ese día? A diferencia de otros feriados nacionales que pueden trasladarse o recuperarse con descanso, el 6 de diciembre es una fecha que todo trabajo realizado debe pagarse con recargo del 100 %, según la normativa laboral ecuatoriana.
El Código del Trabajo exige pago con recargo del 100 %
El artículo 65 del Código del Trabajo establece que todo feriado —incluyendo los locales— debe ser remunerado con un recargo del 100 % por cada hora laborada, tanto en el sector público como privado.
Esto implica que:
- La empresa debe pagar el doble del valor de la hora ordinaria.
- No se puede compensar con descanso.
- No se pueden recuperar horas ni sustituir este valor con acuerdos internos.
- Aplica para jornadas completas, medio tiempo o trabajo por horas.
Es decir: si trabajas en feriado, te pagan el doble.
Ejemplo real de cálculo con el salario básico de USD 470
Para entenderlo de forma clara, este es el cálculo oficial:
- Salario básico 2025: USD 470
- Valor diario: 470 ÷ 30 = USD 15,60
- Valor hora ordinaria: 15,60 ÷ 8 = USD 1,95
- Valor por hora en feriado (recargo 100%): 1,95 × 2 = USD 3,91
- Pago por un día completo trabajado en feriado:3,91 × 8 = USD 31,33
Si trabajas el 6 de diciembre, debes recibir USD 31,33 por la jornada completa.
Si solo trabajas algunas horas, cada una debe pagarse a USD 3,91.
Este monto debe cancelarse sin retrasos, sin descuentos y sin cambiarse por descanso.

