Una jueza dictó medidas alternativas contra Leidy Miriam M. M., procesada por presuntamente apropiarse –mediante transferencia electrónica– de 3.971 dólares pertenecientes a un ciudadano que extravió su cédula y su tarjeta de débito.
Con base en los elementos de convicción expuestos por la Fiscalía de Alausí, un Juez de Garantías Penales dictó medidas alternativas a la prisión contra Leidy Miriam M. M., investigada por su presunta participación en el delito de apropiación fraudulenta por medios electrónicos.
Entre las medidas impuestas consta la presentación periódica cada ocho días ante la autoridad competente, mientras avanza la causa. La instrucción fiscal tendrá una duración de 90 días.
Durante la audiencia de formulación de cargos, la Fiscalía explicó que el 22 de diciembre de 2024, la procesada se habría apoderado de 3.971 dólares pertenecientes a la víctima, tras ejecutar una transferencia bancaria sin autorización.
Según la denuncia, el afectado extravió su cédula de ciudadanía y una tarjeta de débito mientras transitaba por la avenida 5 de Junio, en Alausí. Horas después recibió notificaciones de débitos realizados presuntamente a nombre de la ahora procesada.
Para sustentar la apertura del proceso penal, Fiscalía presentó elementos de convicción como:
- testimonio de la víctima,
- informe de reconocimiento del lugar de los hechos,
- denuncia formal,
- movimientos bancarios,
- certificado de datos de identificación, entre otros.
Estos indicios permiten presumir la participación de Leidy Miriam M. M. en el hecho investigado.
Base legal
El delito de apropiación fraudulenta por medios electrónicos está tipificado en el artículo 190 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

