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Todo lo que debes saber del incremento del salario mínimo en Ecuador 2026

El Ministerio de Trabajo proyecta un aumento moderado de USD 16 al Salario Básico Unificado

Dinero en efectivo en referencia al pago de horas extraordinarias de trabajo
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El proceso para definir el Salario Básico Unificado (SBU) que regirá en Ecuador durante 2026 ya comenzó y genera expectativa entre trabajadores, empleadores y autoridades.Actualmente, el SBU vigente es de USD 470, cifra que rige desde el 1 de enero de 2025, tras un incremento de USD 10 respecto al año anterior.

El Ministerio de Trabajo presentó la hoja de ruta oficial para discutir el nuevo salario, que se desarrollará entre noviembre y diciembre de 2025 en el marco del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS).

Un incremento moderado

De acuerdo con las proyecciones gubernamentales, el ajuste para 2026 será moderado, con un incremento de USD 16, lo que elevará el salario básico mensual a USD 486 desde el 1 de enero de 2026.

La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, explicó que el aumento se calcula con base en los indicadores económicos del Banco Central del Ecuador (BCE), el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y el Ministerio de Economía y Finanzas, que prevén un crecimiento controlado del Producto Interno Bruto (PIB) y una inflación estable para el próximo año.


Para este año, la proyección económica es favorable y se prevé un aumento estimado de USD 16, según indicó Núñez.

El papel del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS)

El CNTS es un organismo tripartito conformado por representantes del Gobierno, los empleadores y los trabajadores.Su principal función es facilitar el diálogo social para determinar el salario mínimo y analizar políticas complementarias en materia de empleo, productividad y sostenibilidad laboral.

Las reuniones técnicas comenzarán en la tercera semana de noviembre, con seguimiento durante la última semana del mes y los primeros días de diciembre.En estas sesiones se examinarán los informes económicos y la propuesta final que se someterá a votación.De no alcanzarse consenso, la decisión quedará en manos del Ministerio de Trabajo, según lo establece la normativa vigente.

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