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¿Por qué cambia de fecha el feriado del Día de Difuntos?

El cambio responde a la Ley de Feriados

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QUITO-DIA-DIFUNTOS Quito, sábado 2 de noviembre del 2024 Miles de personas acudieron a los diferentes cementerios. durante el feriado de finados a visitar a sus seres queridos fallecidos. Técnico Contraluz Fotos :API /RSEC (RSEC)

El 2 de noviembre es una de las fechas más significativas y esperadas en Ecuador, pues se conmemora el Día de los Difuntos, una jornada para honrar y recordar a los seres queridos que ya partieron.

Sin embargo, este 2025, el feriado no es exactamente en esa fecha, sino que será trasladado, de acuerdo con lo establecido en la legislación laboral vigente.

¿Por qué cambia de fecha el feriado?

El feriado del Día de los Difuntos en 2025 cae un domingo, y según el calendario oficial del Ministerio de Turismo, el descanso obligatorio se trasladará al martes 4 de noviembre.

Este cambio responde a la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, publicada en 2016. La normativa regula el traslado de feriados nacionales y locales para promover el turismo interno y equilibrar los días de descanso.


La ley establece que cuando los feriados de descanso obligatorio correspondan a los días sábados o domingos, el descanso se trasladará, respectivamente, al anterior día viernes o al posterior día lunes.

Sin embargo, este año ocurre un caso especial: el 3 de noviembre se conmemora la Independencia de Cuenca, también considerado feriado nacional.Por ello, el descanso del Día de los Difuntos se recorre al martes 4 de noviembre, para evitar que ambos coincidan.

De esta manera, los ecuatorianos disfrutarán de un feriado largo de cuatro días, desde el sábado 1 hasta el martes 4 de noviembre de 2025.

Así queda el feriado de noviembre 2025

El feriado de noviembre será de cuatro días consecutivos, sin recuperación laboral.

Durante este periodo, las familias podrán visitar los cementerios para rendir homenaje a sus seres queridos, realizar viajes, o disfrutar de actividades culturales y religiosas en distintas provincias del país.

Ley de feriados

La Ley Orgánica Reformatoria de 2016 estableció reglas claras para el manejo de los días feriados en Ecuador:

  • Si el feriado cae en sábado, se pasa al viernes anterior.
  • Si cae en domingo, se traslada al lunes siguiente.
  • Si coincide con martes o miércoles, el descanso pasa al lunes anterior.
  • Si coincide con miércoles o jueves, se mueve al viernes siguiente.
  • Si cae en lunes o viernes, no se traslada.

Tres días son inamovibles:

  • 1 de enero (Año Nuevo)
  • Martes de Carnaval
  • 25 de diciembre (Navidad)

Estas reglas buscan garantizar que los ecuatorianos puedan planificar con anticipación sus días de descanso, sin afectar la productividad ni el turismo.

¿Es recuperable?

Este descanso NO es recuperable, según lo establece la Ley de Feriados Nacionales. Durante este periodo, se prevé una alta movilización en las rutas hacia la Sierra centro y la Costa.

IVA AL 8%

En este feriado se implementará una reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 15 % al 8 % para las actividades turísticas.

La medida tiene como objetivo impulsar la reactivación del sector turístico, considerado clave para dinamizar la economía nacional.

Esta medida, como en ocasiones anteriores, beneficiará a las actividades económicas vinculadas indirectamente al turismo.

La tarifa reducida del IVA se aplicará a los servicios definidos como actividades turísticas en el artículo 5 de la Ley de Turismo. Se consideran actividades turísticas las desarrolladas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a una o más de las siguientes actividades:

  • Alojamiento
  • Servicio de alimentos y bebidas
  • Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo; inclusive el transporte aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehículos para este propósito
  • Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esa actividad se considerará parte del agenciamiento
  • La de intermediación, agencia de servicios turísticos y organizadoras de eventos congresos y convenciones
  • Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos) hipódromos y parques de atracciones estables

Los establecimientos que brinden estos servicios deberán emitir comprobantes de venta aplicando la tarifa del 8 %, solo los días establecidos en el decreto.


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