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Así es la papeleta electoral para el Referéndum y Consulta Popular 2025

Se realizará el domingo 16 de noviembre

CUENCA-ELECCIONES 2025 GENERALES-CONTEO
CUENCA-ELECCIONES 2025 GENERALES-CONTEO Cuenca,Ecuador 9 de febrero de 2025 En la Unidad Educativa Octavio Cordero Palacios,personal del CNE y personal de las juntas en el conteo de votos de las elecciones generales 2025. APIFOTO. (APIFOTO)

El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó los diseños del material electoral, documentos y papeleta con las 3 preguntas, dos de Referéndum y una de Consulta Popular 2025.

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Cómo es la papeleta

La papeleta electoral será de formato A4 y de tonalidad bicolor: celeste y amarilla. Así también, tendrá elementos de seguridad incorporados por el Instituto Geográfico Militar (IGM) como: efecto anti copia, micro texto con diferentes tramados, anti scanner, código de barras, entre otros.

CNE
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Además, para este proceso democrático que se realizará el domingo 16 de noviembre, se utilizarán dos biombos y una urna, por cada Junta Receptora del Voto.

¿Por qué se votará?

Para el Referéndum, los ecuatorianos deben pronunciarse por tres preguntas, relacionadas con la reinstalación de bases militares extranjeras, con la eliminación del financiamiento público de las organizaciones políticas y la instalación de una Asamblea Constituyente.

Participación de organizaciones

  • Del 23 al 27 de septiembre: Inscripción de organizaciones políticas y sociales para hacer campaña por el ‘Sí’ o por el ‘No’ de las preguntas.
  • Del 24 al 29 de septiembre: Calificación de dichas organizaciones por parte del CNE.

Logística y operación electoral

  • 7 de octubre: Selección de los Miembros de Juntas Receptoras del Voto (MJRV).
  • 31 de octubre: Consejos consultivos con organizaciones políticas y sociales.

Campaña y silencio electoral

  • Del 1 al 13 de noviembre: Campaña electoral oficial. El límite máximo de gasto electoral para la campaña es de 2 787 744.
  • Del 14 al 16 de noviembre: Silencio electoral, periodo en el que está prohibida toda propaganda. Estará prohibida la difusión de la publicidad electoral, la realización de campaña o concentraciones electorales 48 horas antes del día de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio.

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