El Tribunal de Garantías Penales sentenció a Byron S. por el delito de pornografía con utilización de niñas, niños y adolescentes (NNA), tras acoger las pruebas presentadas por Fiscalía.
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Además de la pena privativa de libertad, los jueces impusieron una multa de 1.000 salarios básicos unificados y dispusieron el pago de 7.000 dólares de reparación integral para cada una de las víctimas.
El operativo y la investigación
Byron S. fue detenido la madrugada del 3 de octubre de 2024 en un inmueble de Machala, durante un operativo encabezado por Fiscalía, con apoyo de la Policía Nacional y la organización Our Rescue.
La investigación de la Unidad Nacional Especializada en Ciberdelito determinó que, desde Ecuador, el sentenciado almacenaba material de abuso sexual infantil (MASI) en la plataforma Google Fotos.
Inicialmente se identificaron dos víctimas, familiares del procesado, y posteriormente se halló una tercera víctima en varios videos producidos por el agresor, donde además la violentaba sexualmente.
Pruebas presentadas
Las tres víctimas fueron localizadas, evaluadas por la Unidad de Peritaje Integral y rindieron testimonio anticipado, detallando los continuos abusos sexuales cometidos por Byron S.
Durante el juicio, Fiscalía presentó pruebas técnicas y documentales, entre ellas:
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- Pericia informática a dispositivos móviles con descargas y producción de material ilícito.
- Pericia antropológica e informes de cotejamiento fisonómico.
- Valoraciones psicológicas y de trabajo social de las víctimas.
- Testimonios anticipados.
- Certificaciones de proveedores de Internet.
- Informes investigativos, de vigilancia y seguimientos.
- Reportes del Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC).
El Tribunal acogió estas pruebas y dictó la sentencia en contra de Byron S.
Base legal
La pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes está tipificada en el artículo 103 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso, Fiscalía procesó al sentenciado conforme al tercer inciso del artículo mencionado.