A partir de este miércoles, 20 de agosto de 2025, entra en vigencia una nueva medida establecida en el Decreto Ejecutivo No. 82, que modifica los límites para la exoneración de tributos en envíos postales internacionales bajo la categoría 2x2.
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Según informó la Empresa Pública Servicios Postales del Ecuador, la exoneración aplicará únicamente para paquetes que no superen los dos kilogramos de peso y tengan un valor igual o menor a USD 2,00.
Los paquetes que excedan cualquiera de estos límites deberán ser declarados formalmente y estarán sujetos al pago de tributos correspondientes, conforme a la normativa vigente establecida por la Aduana del Ecuador.
Esta disposición responde a un trabajo coordinado entre Servicios Postales del Ecuador E.P., el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) y el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (Mintel), con el objetivo de fortalecer el control logístico y garantizar la transparencia en el ingreso de mercancías al país.
La medida busca proteger los intereses nacionales, optimizar el sistema postal y evitar el mal uso del régimen de exoneración que, en muchos casos, ha sido utilizado para eludir obligaciones tributarias.
Desde Servicios Postales E.P. se ratificó el compromiso de trabajar de forma articulada con las entidades del Estado, a fin de ofrecer un servicio más seguro, eficiente y alineado a estándares internacionales.
Esta actualización a la categoría 2x2 impacta principalmente a quienes realizan compras por internet o reciben encomiendas desde el extranjero, por lo que se recomienda a los usuarios informarse adecuadamente sobre los nuevos requisitos antes de realizar envíos o recibir paquetes.
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Diferencias entre el 2x2 y el régimen courier 4x4
Tras el anuncio, surgieron dudas entre los usuarios respecto al régimen 4x4, una modalidad que permite la importación de paquetes de hasta cuatro kilogramos y USD 400 mediante el pago de un arancel único de USD 20.
El Senae aclaró que el régimen 4x4 no ha sido modificado y se mantiene vigente, de acuerdo con la resolución emitida por el Comité de Comercio Exterior (Comex) en junio pasado.
La principal diferencia radica en que la exoneración 2x2 aplica exclusivamente a envíos postales de bajo valor, destinados al uso personal y que no superen los límites de peso y costo. En cambio, el 4x4 permite envíos de mayor valor, siempre que se cumplan con los requisitos y se pague el arancel correspondiente.