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Curandero es investigado por presunta violación a una menor que le pidió una limpia en su consultorio

Fiscalía formuló cargos contra Wilson D. P., quien cumple prisión preventiva mientras se investiga el delito ocurrido en un centro de medicina ancestral.

Curandero es investigado por presunta violación a una menor que le pidió una limpia en su consultorio
Curandero es investigado por presunta violación a una menor que le pidió una limpia en su consultorio. Imagen referencial

Wilson D. P. cumple una orden de prisión preventiva mientras es investigado por el presunto delito de violación contra una adolescente de 15 años en Palanda, Zamora Chinchipe. La causa se encuentra en etapa de instrucción fiscal, con un plazo de 30 días iniciado el 1 de agosto de 2025, fecha en la que se desarrolló la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos.

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Hechos investigados

Según la Fiscal del caso, el hecho ocurrió el 30 de julio de 2025, cuando la víctima acudió al domicilio del procesado, donde este operaba un consultorio de medicina ancestral. La joven solicitó una limpia, momento que el sospechoso habría aprovechado para agredirla sexualmente.

La Fiscalía conoció del caso tras una denuncia presentada por el hermano mayor de la víctima. Inmediatamente, el ente investigador dispuso varias diligencias urgentes, entre ellas:

  • Valoración médico-legal.
  • Pericia de entorno social.
  • Reconocimiento del lugar de los hechos.

Además, se gestionó la recepción del testimonio anticipado de la víctima, quien narró los hechos en cámara de Gesell, una medida que protege los derechos de niñas, niños y adolescentes víctimas de delitos.

Medidas de protección

Durante la audiencia, la Fiscalía presentó los elementos de convicción recolectados y formuló cargos en contra de Wilson D. P., en calidad de presunto autor directo del delito de violación, tipificado en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Asimismo, el Juez acogió el pedido de medidas de protección a favor de la víctima, conforme al artículo 558 del COIP, e impuso:

  • Prohibición de acercamiento del procesado a la víctima.
  • Prohibición de actos de intimidación hacia la víctima o su entorno familiar.
  • Emisión de boleta de auxilio.

La Fiscalía continúa con la instrucción fiscal para recabar más elementos que permitan sustentar la acusación dentro del plazo legal establecido.

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