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¡No se eliminó el décimo cuarto sueldo! Esta es la verdad del decreto 57 del Gobierno

La confusión se originó con la aprobación del Decreto Ejecutivo 57

Dinero en efectivo en referencia al pago de horas extraordinarias de trabajo
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En redes sociales se generaron especulaciones ayer, en las que se aseguraban que el presidente Daniel Noboa supuestamente había "eliminado el décimo cuarto sueldo". Esto es completamente falso. Vale aclarar que este ingreso adicional sigue vigente por ley y no ha sufrido modificación alguna.

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Origen de la confusión: Un decreto malinterpretado

La confusión se originó con la aprobación del Decreto Ejecutivo 57, que reglamenta la Ley Orgánica de Integridad Pública. Este decreto sí deroga el artículo 98 de un reglamento anterior, pero es fundamental entender que dicho artículo no tenía ninguna relación con remuneraciones ni con el décimo cuarto sueldo.

Su contenido se limitaba a establecer plazos de notificación en procesos administrativos dirigidos a servidores públicos. De hecho, el nuevo reglamento solo extiende el plazo para emitir una resolución motivada de 10 a 15 días, un cambio que no afecta derechos laborales ni modifica leyes existentes.

A pesar de esta realidad, plataformas como X y Facebook se inundaron con publicaciones erróneas, generando preocupación innecesaria entre los trabajadores del sector público y privado. El Gobierno Nacional no ha emitido ningún comunicado oficial que sugiera cambios en el pago de este beneficio.

El décimo cuarto sueldo: Un derecho protegido por ley

Este beneficio, conocido como la “bonificación escolar”, está amparado por la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) y por el Código de Trabajo. Ambas normativas garantizan su pago anual a todos los trabajadores bajo relación de dependencia, tanto en el sector público como en el privado. Cualquier posible modificación a este derecho requeriría una reforma legal aprobada por la Asamblea Nacional, un proceso que, hasta la fecha, no se ha iniciado.

Las fechas de pago del décimo cuarto sueldo se mantienen inalterables:

  • Abril: Para las regiones de la Costa y Galápagos.
  • Agosto: Para la Sierra y la Amazonía.


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