En Ecuador, el décimo cuarto sueldo es un derecho laboral obligatorio que equivale al salario básico unificado (USD 470 en 2025).
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Este pago tiene como fin apoyar a los trabajadores en los gastos escolares y personales, y se entrega conforme al régimen educativo de cada región.
¿Hasta cuándo se paga?
Para quienes residen y trabajan en la Sierra y Amazonía, el pago debe efectuarse hasta el 15 de agosto.
En cambio, en la Costa y Galápagos, el plazo es hasta el 15 de marzo.
Este beneficio se otorga a todos los trabajadores en relación de dependencia, sin importar si tienen contratos a tiempo completo, parcial o eventuales. En caso de no haber laborado el año completo, el monto será proporcional al tiempo trabajado.

¿Cómo calcular?
El cálculo del décimo cuarto sueldo se hace dividiendo el salario básico (USD 470) para 12 y multiplicando por los meses trabajados entre el 1 de agosto y el 31 de julio.
Por ejemplo, si se trabajaron 6 meses: 470 ÷ 12 × 6 = USD 235.
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Los trabajadores pueden solicitar recibir esta bonificación mensualmente o de forma acumulada, presentando una carta antes del 15 de enero.
En caso de incumplimiento por parte del empleador, el trabajador puede denunciar ante el Ministerio de Trabajo. También se aplica a jubilados del IESS, pensionistas del Seguro Militar y de la Policía Nacional.
Este ingreso no puede ser renunciado ni omitido. Para calcularlo fácilmente, el Ministerio ofrece un simulador online en su portal web.