A partir del 29 de julio de 2025, todos los viajeros y tripulantes que ingresen o salgan de Ecuador, sin excepción, deberán presentar obligatoriamente el Formulario de Registro Aduanero (FRA). Esta medida, impulsada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), busca modernizar los controles y fortalecer la lucha contra el lavado de activos, impactando a quienes viajen por vía aérea, marítima o terrestre.
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¿Qué es y cómo llenarlo?
El Formulario de Registro Aduanero (FRA) es un documento electrónico de carácter obligatorio para registrar información relevante sobre los viajeros y sus bienes al entrar o salir del país. Su objetivo principal es optimizar los procesos de control aduanero y garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.
Para completarlo, siga estos sencillos pasos:
- Acceso al Formulario: El FRA está disponible exclusivamente en la página web oficial del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae).
- Creación de Usuario: Si aún no tiene uno, deberá crear un usuario en la plataforma del Senae. Este proceso es rápido y toma menos de un minuto.
- Inicio de Sesión: Una vez registrado y con su contraseña activa, inicie sesión en el sistema.
- Llenado del FRA: El formulario está disponible en español e inglés. Se recomienda completarlo con una anticipación de hasta tres días antes de la fecha de su viaje.
¿Qué información solicita el FRA?
Además de sus datos personales y detalles de su itinerario de viaje, el FRA requiere que declare si transporta dinero en efectivo, joyas, documentos u otros bienes cuyo valor individual o combinado supere los USD 10.000 (diez mil dólares estadounidenses) o su equivalente en cualquier otra moneda.
Importante: Si su respuesta a esta pregunta es “SÍ”, deberá presentarse obligatoriamente ante un funcionario del Senae en el aeropuerto, terminal marítima o terrestre. Esta medida busca asegurar la transparencia y legalidad en el movimiento de grandes sumas de dinero o activos de valor.
¿Por qué es obligatorio?
Aunque el Formulario de Registro Aduanero no es una herramienta reciente, su presentación obligatoria a partir del 29 de julio de 2025 obedece a un proceso de modernización tecnológica del Senae y se enmarca en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Lavado de Activos. Esta disposición legal busca reforzar los mecanismos de control para prevenir actividades ilícitas y garantizar la seguridad financiera del país.
¿Qué pasa si no se cumple?
El Senae ha sido enfático en recordar que el incumplimiento de esta nueva disposición acarreará sanciones legales. Estas pueden ir desde la aplicación de multas económicas significativas hasta la retención de bienes. La institución ha advertido que toda la información proporcionada por los viajeros será verificada digitalmente, por lo que la precisión y veracidad de los datos son cruciales.