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Caso Reconstrucción de Manabí: los millones que deberá pagar Jorge Glas por daños materiales e inmateriales

La sentencia por peculado impone al exvicepresidente y a un exfuncionario el pago de $250 millones como reparación integral al Estado.

SENTENCIA RECONSTRUCCION DE MANABI JORGE GLAS
Caso Reconstrucción de Manabí: los millones que deberá pagar Jorge Glas por daños materiales e inmateriales. Quito, lunes 30 de junio del 2025 Audiencia de sentencia en el caso Reconstrucción de Manabí donde se encuentra sindicado el ex Vicepresidente de la República Jorge Glas, en la Corte Nacional de Justicia. Fotos :API / Rolando Enríquez (ROLANDO ENRIQUEZ)

El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia sentenció al exvicepresidente Jorge Glas y al exsecretario técnico Carlos Andrés Bernal a trece años de prisión como coautores del delito de peculado, cometido durante la ejecución de proyectos de reconstrucción financiados por la Ley de Solidaridad tras el terremoto del 16 de abril de 2016.

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La cifra que deberán pagar como reparación integral: USD 250 millones, correspondiente a daños materiales e inmateriales al Estado ecuatoriano. Además, se les impuso una multa de sesenta salarios básicos unificados y la obligación de presentar disculpas públicas mediante un video que incluya la frase: “La corrupción no es solo un delito, es una traición a la confianza del pueblo”.

La sentencia establece que los fondos públicos fueron mal utilizados en obras no prioritarias ni planificadas, entre ellas el Parque Las Vegas y un tramo vial de acceso al Puerto de Manta. Según la investigación, se desviaron recursos hacia proyectos considerados “elefantes blancos” o “Ferraris sin llantas”, sin atender las necesidades urgentes de los damnificados.

Durante cinco días de audiencia, la Fiscalía presentó veinte testimonios y veinticinco pruebas documentales que demostraron el uso arbitrario de recursos públicos. También se probó que familiares de uno de los sentenciados se beneficiaron de contratos estatales a través de la empresa Concrenor.

La jueza ponente concluyó que hubo arrogación de funciones, obras sin estudios, adjudicaciones al margen de la ley y construcciones en zonas de riesgo. Todo ello ocasionó un perjuicio estimado en más de 225 millones de dólares.

Este fallo se convierte en uno de los más emblemáticos en la lucha contra la corrupción relacionada con el uso de recursos para emergencias nacionales. Está sustentado en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el peculado con hasta trece años de prisión.

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