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Dejó su huella en un papel que decía “por sapo”: Fiscalía logra ratificar condena por desaparición involuntaria con muerte en Quito

La Corte Provincial de Pichincha ratificó la pena máxima agravada de 34 años y 8 meses contra Xavier Patricio V. E. por desaparición involuntaria con resultado de muerte. La Fiscalía vinculó el hecho con el GDO “Los Lobos”.

Fiscalía logra ratificar condena por desaparición involuntaria con muerte en Quito
Fiscalía logra ratificar condena por desaparición involuntaria con muerte en Quito.

La Fiscalía General del Estado informó que la sentencia contra Xavier Patricio V. E. fue ratificada por la Corte Provincial de Pichincha. El sentenciado fue hallado culpable por desaparición involuntaria con resultado de muerte, tras encontrarse su huella en un papel con la frase “por sapo” junto al cuerpo de la víctima, secuestrada en julio de 2023 en La Carolina, Quito.

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La Fiscalía informó que los jueces de segunda instancia de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha ratificaron la sentencia condenatoria contra Xavier Patricio V. E., por el delito de desaparición involuntaria con resultado de muerte. El Tribunal confirmó la pena agravada de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad.

Las pruebas que vincularon a Xavier Patricio V. E. con el crimen

La Fiscalía Especializada en Personas Desaparecidas presentó elementos probatorios que fueron valorados por el Tribunal, entre los que destaca la presencia de la huella dactilar del sentenciado en una hoja de papel con la inscripción “por sapo”, hallada junto al cuerpo sin vida de la víctima. El hecho ocurrió en julio de 2023, cuando la víctima fue secuestrada en las inmediaciones de un restaurante del sector La Carolina, en Quito.

Según Fiscalía, también se presentaron pruebas adicionales, como el intercambio de mensajes de texto donde se evidenciaba la intención de causar la muerte a una persona, así como otros elementos que vinculan el hecho con el Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) conocido como “Los Lobos”.

Alegatos de la defensa fueron rechazados por la Corte Provincial

Durante la audiencia de apelación, la defensa de Xavier Patricio V. E. argumentó que la huella no era prueba suficiente y sostuvo que su defendido había escrito la frase por pedido de estudiantes universitarios que buscaban realizar una broma. Además, señaló que el día del crimen el procesado se encontraba trabajando como pintor en Calderón. Sin embargo, los jueces calificaron estos alegatos como “carentes de verosimilitud”, al no contar con pruebas de respaldo ni coherencia con el resto de los elementos presentados.

La Fiscalía General del Estado indicó que el Tribunal rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa, ratificando la sentencia dictada en primera instancia.

Tipificación penal del delito según el COIP

De acuerdo con la Fiscalía, el delito de desaparición involuntaria está tipificado en el artículo 163.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con privación de libertad de siete a diez años a quien prive de la libertad a una persona y oculte información de su paradero. Cuando el hecho tiene como resultado la muerte de la víctima, la pena se eleva de veintidós a veintiséis años de prisión.

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En este caso, además, se aplicaron las agravantes establecidas en los numerales 5 y 7 del artículo 47 del COIP, que incrementaron la pena en un tercio, lo que resultó en la condena ratificada de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad.

Fuente: Fiscalía General del Estado

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