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Denuncian a hombre por grabar a una mujer en vestidor de Bogotá

Indignación en Bogotá: Mujer denuncia a hombre por grabarla en un vestidor

Hombre graba a mujer en vestidor en centro comercial de Bogotá
Hombre graba a mujer en vestidor en centro comercial de Bogotá (Captura de Pantalla)

Un video que circula en redes sociales ha generado indignación en Bogotá, luego de que una mujer denunciara que un hombre la grabó mientras se cambiaba en el vestidor de una tienda en un centro comercial.

Víctima detalló el momento del acoso

Según relató la víctima, notó que un teléfono con la cámara encendida apuntaba hacia su espacio desde el suelo. De inmediato, salió a confrontar al responsable y pidió ayuda al personal del establecimiento.

La grabación compartida en redes muestra el rostro del presunto agresor y de su familia, quienes lo defendieron. La víctima explicó que el sujeto habría borrado el video en el que ella aparecía, pero quedó registrado otro clip donde se ven unos pies bajo el probador, lo que confirmaría la denuncia.

Mujer denunció que un hombre la grabó en un vestidor de centro comercial en Bogotá
Sujeto grababa a mujer en vestidor (Captura de pantalla)

Reacción de las autoridades y falta de sanciones

Cuando la policía llegó al sitio, la denunciante mostró el video como prueba, sin embargo, los oficiales indicaron que no era suficiente para incriminar al sospechoso.


La víctima expresó su frustración por la falta de acción efectiva, ya que, según su relato, uno de los policías incluso mencionó que “grabar no es un delito”, aunque admitió no estar seguro de si existía una ley que sancionara esta conducta.

Joven grabó a mujer en vestidor de centro comercial
Joven grabó a mujer en vestidor de centro comercial Lo sucedido en el local comercial quedó grabado por la denunciante, mientras la familia del denunciado se retiraba del sitio (Captura de pantalla)

¿Qué dice la ley en Colombia sobre estos casos?

En Colombia, grabar a una persona en un vestidor sin su consentimiento es ilegal y puede ser sancionado bajo el Código Penal y la Ley 1581 de 2012. Según el artículo 134B, quien promueva o instigue actos que causen daño físico o moral a otra persona puede enfrentar penas de prisión de 12 a 36 meses y multas económicas. Además, el artículo 210-A establece que el acoso con fines sexuales no consentidos puede sancionarse con hasta tres años de cárcel.

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