La suspensión de la jornada laboral del 31 de octubre en Ecuador fue dictada por el presidente Daniel Noboa, y aplica tanto al sector público como privado, que se da en medio del incremento de los apagones programados en el país, que han pasado a ser de hasta catorce horas al día.
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La pregunta es, si un empleado trabaja ese día, ¿cuánto le deben pagar?
Si bien es un día de asueto obligatorio es recuperable, por lo que no es considerado como un feriado nacional en el que el empleador debe pagar el tiempo trabajado con un recargo del 100% sobre la hora ordinaria, es decir, el doble.
No pasa lo mismo con el viernes primero de noviembre y el lunes cuatro donde sí recibes una remuneración extra, según lo establece en el Código del Trabajo. En dicho cuerpo legal se indica que el empleador deberá remunerar con el 100% de recargo al trabajador que labore los días de feriado, ya que las horas de ese día de descanso se consideran como extraordinarias.
Feriados del 2024
Después del feriado de noviembre por el Día de Difuntos y la Independencia de Cuenca queda uno a nivel nacional que es el miércoles 25 de diciembre por Navidad.
