Andrea Carolina E. V. fue sentenciada a siete años de prisión y deberá devolver los USD 339 000 que obtuvo mediante engaños, tras haber sido encontrada culpable del delito de estafa. La Fiscalía General del Estado presentó pruebas contundentes que demostraron su responsabilidad como autora de los hechos.
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Durante el juicio, la fiscal de Patrimonio Ciudadano de Pichincha presentó testimonios y peritajes, incluido un informe contable, que revelaron cómo Andrea Carolina E. V. logró que la víctima, Edison R., representante de la empresa Transingridmas, le entregara el dinero bajo falsas promesas.
El caso se originó en una reunión mantenida el 18 de octubre de 2014 en la empresa Cambrils S.A., propiedad de la acusada, donde propuso la compra de tráileres y volquetas.
Andrea Carolina E. V. aseguró que ella gestionaría la adquisición de los vehículos, por lo que recibió un cheque por más de USD 300 000. Sin embargo, la Fiscalía demostró que los vehículos entregados estaban gravados con deudas y no podían ser negociados legalmente.
En mayo de 2015, la empresa Cambrils fue intervenida por la Superintendencia de Compañías debido a múltiples incumplimientos. Este hecho fue clave para demostrar la falta de solvencia de la acusada.
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal impuso una multa de veinte salarios básicos unificados a Andrea Carolina E. V., quien deberá también restituir el monto defraudado.
Contexto legal
El delito de estafa está tipificado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla penas de siete a diez años de prisión para quienes, mediante engaños, afecten el patrimonio de otra persona por un valor igual o superior a cincuenta salarios básicos unificados.