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Se viene el segundo feriado de mayo, ¿cuándo es y para quiénes aplica?

En la tercera semana de mayo, hay un nuevo feriado.

Este será el próximo feriado en Ecuador: ¿cuántos días de descanso se tienen previsto?.
Este será el próximo feriado en Ecuador: ¿cuántos días de descanso se tienen previsto?. Woman relaxing in hammock on beach (Maria Korneeva/Getty Images)

Después del feriado por el Día del Trabajo, que fue el miércoles 01 de mayo, pero se trasladó al viernes 3, según la ley de feriados; se acerca un nuevo día de asueto en Ecuador y aplica a nivel nacional. Se trata del feriado por la Batalla de Pichincha, el 24 de mayo, que en este año cae el día viernes y se une al sábado 25 y domingo 26 de mayo para que sean tres días libres y dos noches de descanso.

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En el quinto mes del año también hay feriados locales por cantonizaciones y fundaciones.

  • Cantonización de Francisco de Orellana (El Coca): 30 abril (pasa al 3 de mayo)
  • Cantonización de Puyo: 12 de mayo
  • Fundación de Babahoyo: 27 de mayo
  • Cantonización de Macas: 29 de mayo

Próximos feriados en Ecuador

  • Primer Grito de la Independencia: Sábado 10 de agosto se traslada al viernes 09 de agosto 2024
  • Independencia de Guayaquil: Miércoles 09 de octubre se traslada al viernes 11 de octubre
  • Día de los Difuntos: Sábado 02 de noviembre se traslada al viernes 01 de noviembre
  • Independencia de Cuenca: Domingo 03 noviembre se traslada al lunes 04 de noviembre
  • Navidad: Miércoles 25 de diciembre
Así queda el calendario de feriados en Ecuador para el 2024
Así queda el calendario de feriados en Ecuador para el 2024 (Ministerio de Turismo)

¿Cuánto te deben pagar si trabajas en feriado?

De acuerdo con el Código de Trabajo (artículo 55, numeral 4) el empleador deberá remunerar con el 100% de recargo al trabajador que labore esos días. Quiere decir, que si labora en esos días de descanso obligatorio debe ganar el doble por cada hora laborada.

La fórmula es realizar una división del salario para los 30 días de un mes, para luego esa cifra ser dividida para la cantidad de horas que se trabajan.

  • 460 ÷ 30 = 15,33 (pago diario).
  • 15,33 ÷ 8 = 1,91 (pago por hora).
  • 1,91 x 2 = 3,82 (es el 100% del recargo por hora).
  • 3,82 x 8 = 30,56 (lo que le deben pagar por el día trabajado en el feriado).

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